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16.870 trabajadores con utilidades sobre $ 8.160

Victor Gonzalez
3 Min. de Lectura

“Apenas 16.870 trabajadores gozan del privilegio de percibir utilidades por encima de los $8.160”, informó el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) al ser consultado sobre cuántos trabajadores podrían ver recortadas sus utilidades en caso de que se aprueben las reformas laborales entregadas por el Ejecutivo a la presidenta de la Asamblea, el sábado pasado.

El Ministerio dijo que se trata del 0,24 % de la Población Económicamente Activa (PEA).

El presidente Rafael Correa propuso, entre varias reformas laborales, poner un techo de hasta 24 remuneraciones básicas unificadas ($ 8.160) para el pago de utilidades a los trabajadores. El excedente irá al IESS para financiar la seguridad social de amas de casa y trabajadores autónomos.

El Gobierno calcula que serían unas 1,5 millones de amas de casa las que se podrían beneficiar de una pensión. Esto, luego de 20 años de aportación de $ 2 mensuales.

El abogado laboralista Joaquín Viteri explicó que efectivamente pueden ser pocos los trabajadores afectados, sin embargo, dijo que el problema es que se crea un precedente de flexibilización laboral y disminución de los beneficios.

Indicó que el artículo 328 de la Constitución señala que los trabajadores del sector privado tienen derecho a percibir las utilidades líquidas de acuerdo con la ley. Y en el Código del Trabajo se sostiene que: “El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el 15 % de las utilidades líquidas”. No establece techo.

Propuesta en otro Gobierno
Una polémica parecida se dio en el 2000 cuando el entonces presidente Gustavo Noboa planteó en la Ley Trole II una disposición que ponía techo de $ 4.000 a las utilidades. El excedente iría al Estado que a su vez invertiría en educación y salud. Este y otros artículos del proyecto fueron denunciados “por el fondo y la forma” por varios actores sociales: Conaie, Ecuarunari, Pachakutik, Fetrapec, Confederación de Seguro Social Campesino, del FUT y el presidente de Fedexpor.

El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad del techo de utilidades según el artículo 35 de la Constitución de 1998, que se repite en la Constitución actual y resolvió: “La Constitución señala que los trabajadores participan de las utilidades líquidas”, en cambio “la ley limita a $ 4.000”, indica la resolución.

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Director Digital de Radio Centro 101.3 FM