La Corte Constitucional (CC) declaró la inconstitucionalidad de varios artículos, de la llamada “Ley de Apoyo Humanitario”, por considerar que vulneraban derechos laborales.
La normativa fue aprobada por la Asamblea hace 5 años, durante el gobierno de Lenin Moreno, y permitía que ciertos patronos despidan a sus trabajadores, sin pagarles la indemnización de ley.
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Incisos eliminados
Con 6 votos a favor y 3 en contra, la CC dejó sin efecto los artículos 16, 17 -primer inciso-, 18 y la frase “o si la terminación se da por decisión unilateral del empleador”, del penúltimo inciso del artículo 19. Todo ello facilitaba los despidos, permitían además reducir las jornadas de trabajo, y aplicar contratos especiales de emergencia.
La CC dispuso que la reducción de la jornada laboral, no podrá exceder el 50% de la jornada ordinaria. Asimismo, en el caso de los servidores públicos, será necesario el consentimiento de los servidores para la modalidad del teletrabajo, salvo una situación excepcional.
Por último, exhortó a la Asamblea a debatir si la “Ley de Apoyo Humanitario”, aprobada para compensar al sector productivo por los efectos de la pandemia del Covid, “sigue siendo adecuada en el momento actual”.