La clave está en el Anexo de Gastos Personales, un trámite que muchos pasan por alto y que puede significar pagar menos Impuesto a la Renta, o incluso, una devolución. Eso sí, hay fechas límites para presentarlo que dependen del noveno dígito de tu cédula. Por ejemplo: Si tu noveno dígito es 1, la fecha límite es el 10 de febrero. Si es 2, el 12 de febrero. Y así sucesivamente, hasta el 0, cuya fecha máxima es el 28 de febrero.

¿Quiénes pueden presentar el Anexo de Gastos Personales?
Pueden hacerlo las personas naturales, incluidos los trabajadores en relación de dependencia que ya entregaron una proyección de gastos a su empleador.
¿Qué gastos sí sirven para la rebaja?
Educación, alimentación, vestimenta, salud (incluye gastos médicos y alimentación de mascotas), vivienda, turismo, arte y cultura
¿Cómo llenar el Anexo paso a paso?
- Ingresa al portal del SRI
- Ve a Anexos → Anexo de Gastos Personales en línea → Generación de anexo
- Registra tus cargas familiares (cónyuge, hijos, padres)
- Carga tus facturas electrónicas (el sistema las jala, pero debes clasificarlas)
- Ingresa manualmente las facturas físicas con su detalle y monto
- Revisa todo y envía el Anexo

¿Cómo verifica el SRI que la información es real?
El SRI cruza la información declarada con los valores que te retuvieron durante 2025. Si tus gastos reales son mayores a los proyectados, puedes pedir devolución. Si tus gastos son menores, tendrás que pagar la diferencia.
¿Quiénes están obligados a declarar Impuesto a la Renta?
Quienes tuvieron ingresos mayores a $ 12.081 al año, o $1.006,70 al mes, durante 2025. Si estás en ese grupo, este trámite no es opcional.

