El Concejo Municipal de Jipijapa removió a la alcaldesa Ángela Plúa, el martes 24 de marzo de 2026. La decisión se tomó en una sesión extraordinaria convocada por el vicealcalde, con cinco votos a favor, conforme al artículo 335 del Cootad.
Cinco concejales adoptaron la resolución tras analizar el informe de la Comisión de Mesa, que condujo el proceso. La autoridad puede apelar ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que revisará el procedimiento.
Los concejales participaron en la sesión extraordinaria y revisaron el informe presentado por la Comisión de Mesa. Luego del análisis, el cuerpo colegiado resolvió la salida de la Alcaldesa del cargo.
Durante la jornada, el Concejo también designó un secretario Ad hoc, debido a la ausencia del titular.
En el proceso, el concejal Wilmer González señaló que existen observaciones sobre la actuación del secretario del Concejo. Indicó que este funcionario debe responder al cuerpo colegiado y no a la alcaldesa.
El Concejo fundamentó la remoción en un presunto incumplimiento de normas establecidas en el Cootad. La administración de Plúa también ha recibido cuestionamientos ciudadanos, en un escenario que ahora quedará en manos del organismo electoral competente.
Plúa rechazó la decisión del Concejo y calificó el proceso de remoción como ilegítimo e ilegal. Aseguró que se mantendrá en funciones hasta que el Tribunal Contencioso Electoral emita un pronunciamiento definitivo. También afirmó que ejercerá su defensa dentro del marco legal y pidió tranquilidad a la ciudadanía.
La normativa vigente establece que la autoridad removida tiene tres días para presentar una apelación ante el TCE. Este organismo dispone de diez días para revisar el procedimiento y determinar si se ajusta a la ley.
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