PortadaHomeRadioCentro

Ecuador: abril 27, 2024

Ecuador Continental:

Ecuador Insular:

Ecuador, abril 27, 2024
Ecuador Continental: 13:52
Ecuador Insular: 13:52
No data was found

El tráfico ilícito de armas se sanciona hasta con siete años de cárcel en Ecuador

Picture of Por: streaming streaming

Por: streaming streaming

Ultima actualización: 2022-12-20 06:29:11

La Fiscalía procesó penalmente a 37 personas por el presunto delito de tráfico ilícito de armas de fuego. En ese grupo está Junior R., cabecilla de una organización delictiva que opera en el país.

Todo ocurrió el pasado 15 de diciembre, luego de que un juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil otorgara la prelibertad a Junior R.

Horas después de salir de la cárcel, el cabecilla fue detenido junto a otras 36 personas, en la vía Salitre, en la parroquia La Aurora, en Daule. La mayoría de los detenidos brindaba seguridad al jefe de esa banda delictiva.

Según la Policía, las 37 personas se movilizaban en vehículos de alta gama donde se encontraron tres fusiles de asalto, diez pistolas, una subametralladora, dos revólveres, un lanzagranadas, cinco granadas tipo limón, tres granadas de fragmentación, alimentadoras, municiones de diferentes calibres, chalecos antibalas, catorce celulares, vehículos de alta gama y dinero en efectivo.

Tras este hallazgo, todos fueron procesados por tráfico de armas y Junior R. volvió a la cárcel. Esto ocurrió porque le dictaron prisión preventiva durante la audiencia de flagrancia y formulación de cargos, que se desarrolló en la Unidad Judicial Multicompetente de la parroquia La Aurora.

¿Cómo se sanciona ese delito en Ecuador?

El delito de tráfico ilícito de armas de fuego se configura cuando una persona desarrolla, produce, fabrica, emplea, adquiere, posee, distribuye, almacena, transporta, transita o comercializa armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones y explosivos, sin autorización dentro del territorio nacional.

Este ilícito se sanciona con cárcel de cinco a siete años. Así lo establece el artículo 362 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

En cambio, según la normativa penal, cuando una persona u organización delictiva patrocina, financia, administra, organiza o dirige actividades destinadas a la producción o distribución ilícita de armas, municiones o explosivos será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años.

Fuente: El Comercio

Compartir este articulo

Facebook
Twitter
Scroll al inicio