El Servicio de Rentas Internas (SRI) aplicó mejoras en el proceso para solicitar la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) dirigido a personas con discapacidad y de la tercera edad. La entidad busca un trámite más ágil, sencillo y alineado con la normativa vigente, desde este marzo del 2026.
Sistema más simple y con menos errores
La nueva funcionalidad muestra únicamente las facturas correspondientes a bienes y servicios de primera necesidad. Entre ellos constan alimentación, vestimenta, salud, educación y vivienda, incluyendo materiales de construcción.
El nuevo sistema filtra comprobantes emitidos por establecimientos verificados por el SRI y vinculados al consumo personal. Esta depuración facilita la selección de facturas, reduce errores y permite cumplir con la Ley de Régimen Tributario Interno.
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Además, el SRI informa que la plataforma excluye automáticamente las facturas que ya recibieron devolución total del IVA. Asimismo, solo se considerarán las facturas emitidas con la cédula del beneficiario y generadas por establecimientos verificados por el SRI.
Trámite en línea y sin intermediarios
La devolución del IVA para grupos prioritarios se mantiene en 2026 como una política de protección económica, señaló el SRI. El trámite se realiza completamente en el portal oficial “SRI en Línea”, sin necesidad de acudir a oficina.
Paso a paso para solicitar la devolución
El procedimiento se ejecuta en cuatro etapas:
Ingreso al sistema: el beneficiario accede a “SRI en Línea” con su cédula y clave.
Selección del módulo: en el menú principal, elige “Devoluciones (TAX REFUND)” y luego “Devolución de IVA – Adultos mayores”.
Seleccionar continuar con la solicitud y verificar que los datos de su cuenta bancaria sean correctos.
Verificación de facturas: la plataforma muestra automáticamente los comprobantes electrónicos. El usuario revisa la información y envía la solicitud.
Seguimiento del trámite: con la cédula, el beneficiario consulta el estado en el historial y verifica si el valor fue acreditado.
Un dato importante: Los contribuyentes pueden reclamar la devolución del IVA de sus consumos hasta cinco años después de realizar la compra. Esto significa que es posible recuperar valores pendientes de ejercicios fiscales anteriores, lo que amplía el margen de tiempo para gestionar el trámite sin perder el beneficio.

