Una acción de inconstitucionalidad fue presentada ante la Corte Constitucional en contra de la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que modificó la fecha de las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para el 29 de noviembre de 2026.
La demanda fue interpuesta por el economista y docente universitario Andrés Albuja Batallas, quien argumenta que el cambio de calendario vulnera la seguridad jurídica y los derechos políticos de los ciudadanos.
Argumentos de la demanda
Según el accionante, la modificación del cronograma electoral se realizó de forma “intempestiva”, lo que impide a los actores políticos y a la ciudadanía adaptarse a reglas claras y previamente establecidas.
Además, sostiene que el adelanto de los comicios —previstos inicialmente para febrero de 2027— generaría efectos económicos negativos, especialmente en los gobiernos autónomos descentralizados.
La causa fue sorteada y quedó en conocimiento del juez Jorge Benavides.
Postura del CNE
La presidenta del organismo electoral, Diana Atamaint, defendió la decisión señalando que responde a criterios técnicos y busca garantizar la participación ciudadana.
Explicó que se trata de un cambio en la fecha de votación, mas no de las elecciones en sí, con el objetivo de anticiparse a los efectos del fenómeno climático de El Niño, que podría afectar recintos electorales en varias provincias.
Mientras sectores del oficialismo respaldan la medida por considerarla preventiva, voces críticas cuestionan su legalidad y sus efectos en la institucionalidad.
Organizaciones políticas han anunciado movilizaciones para rechazar la medida y exigir garantías democráticas.
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