El directorio del ente regulador se reunió desde el mediodía de ayer para proceder a dejar sin efecto ese procedimiento o dar por terminado unilateralmente el contrato mutuo. Está compuesto por Andrés Mendoza, representante del alcalde y presidente del directorio; Rafael Estrada, delegado del Concejo Cantonal y los directores municipales Camilo Ruiz (Medio Ambiente), Jorge Berrezueta (Obras Públicas) y José Núñez (Urbanismo, Avalúos y Registros).
Después del mediodía de ayer algunos funcionarios de Interagua ingresaron por varios de los accesos que tienen las oficinas de su ente regulador Emapag, en el edificio Las Cámaras.
El pasado 18 de febrero, Emapag entregó 15 días hábiles a Interagua para que implemente todas las obligaciones, desembolsos, garantías, instrumentos jurídicos (incluida el acta de misión del arbitraje internacional, en los términos propuestos por Emapag) y las reformas al contrato de concesión que la empresa aceptó implementar.
Ese plazo venció el pasado 13 de marzo, pero antes la concesionaria entregó un documento en el que aducía que “dada la complejidad para el perfeccionamiento de la documentación” se le dé una prórroga hasta el 22 de marzo. En vista de esa petición, el ente regulador resolvió que sus direcciones de Asesoría Jurídica, Regulación Económica, Regulación Técnica y Control de Inversiones realicen un informe sobre el grado de cumplimiento de Interagua en esa materia.
Entre los puntos destaca la modificación del contrato de concesión para la recuperación del cronograma de inversión del tercer quinquenio de los últimos quince meses (hasta febrero de este año) y el compromiso de Interagua de realizar las nuevas inversiones desde el mes dieciséis hasta el final del tercer quinquenio (agosto del 2016); la incorporación de dicho convenio modificatorio como causal de terminación unilateral de la concesión.
Además debía entregar los fondos equivalentes a un tercio del total del plan de recuperación del cronograma de inversiones (la cifra completa es de $18’738.718 hasta el 27 de enero) a un fideicomiso; una garantía bancaria incondicional, irrevocable y de cobro inmediato que incluya los intereses respectivos a los que tiene derecho Emapag para asegurar los otros dos tercios; constituir un fideicomiso para garantizar las futuras inversiones; un acta de misión del arbitraje en los términos propuestos por Emapag y aceptados por Interagua.