Esta semana vence el plazo otorgado por la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) para que Ecuador y Colombia levanten los aranceles recíprocos que han tensado sus relaciones comerciales.
La resolución, emitida el 7 de mayo, estableció un período de 10 días hábiles para retirar los gravámenes, al considerar que las medidas vulneran el Acuerdo de Cartagena, tratado constitutivo del bloque regional firmado en 1969.
Las resoluciones 2581, 2582 y 2593 señalan que las disposiciones adoptadas por los gobiernos de Daniel Noboa y Gustavo Petro afectan directamente al comercio entre ambos países.
¿Qué pasa si hacen caso omiso a la CAN?
Si no acatan la resolución de la CAN, se activará un procedimiento de incumplimiento. Este proceso puede ser iniciado por cualquier país miembro, empresa afectada o la propia Secretaría General. La Secretaría escucha los argumentos, emite un dictamen y, en la mayoría de casos, ratifica su postura inicial.
En caso de persistir el desacato, el caso sería elevado al Tribunal Andino de Justicia (TAJ), que emitiría una sentencia formal de incumplimiento.
El origen del conflicto
Ecuador anunció el 21 de enero, un arancel del 30%, denominado “tasa de seguridad”, sobre productos colombianos, argumentando falta de control en la frontera. La medida entró en vigor el 1 de febrero
Colombia respondió con un arancel equivalente, además de suspender la venta de electricidad a Ecuador.
Ecuador elevó el arancel a 100% para las importaciones colombianas.
Colombia gravó 191 productos ecuatorianos con tasas de entre 35% y 75%.
El impacto ha sido significativo: las importaciones desde Colombia cayeron un 58% en marzo de 2026, según datos del Banco Central del Ecuador.
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