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Están en vigencia “Ley Seca” y “Silencio Electoral”

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Por: Fernando Castilla Fassio

Ultima actualización: 2024-04-19 14:28:07

A partir de la medianoche de este jueves, entró en vigencia en todo el país el llamado “Silencio Electoral”. Es decir, la prohibición expresa de hacer publicidad, directa o indirectamente, por cualquiera de las respuestas de la Consulta Popular de este domingo.

Asimismo, desde el mediodía de este viernes comenzó la “Ley Seca”, que prohíbe la venta y consumo de licor. La misma se extiende hasta el mediodía del lunes, 22 de abril.

En ambos casos, quienes no acaten la disposición serán sancionados con una multa de 230 dólares (50% del Salario Básico Unificado, SBU). El mismo castigo, más el arresto, recibirán quienes acudan a sufragar portando armas.

Adicionalmente, el Consejo Nacional Electoral recordó las sanciones que se aplicarán, a quienes violenten otras normativas del periodo electoral.

Los ciudadanos que no acudan a votar deberán presentar una justificación. Caso contrario serán multados con 46 dólares, equivalentes al 10% del SBU. La misma sanción recibirán los integrantes de las juntas receptoras del voto que no acudieron a la capacitación. Si no acuden a conformar la mesa el día de la votación, recibirán otra multa de 69 dólares (15% del SBU), y si no votan, otros 46 dólares, que en total podrían sumar 161.

Si un miembro de mesa no la conformó el día de la elección y no votó, pero sí realizó la capacitación, pagará solo 115 dólares.

Quienes no pudieron votar por un quebranto de salud, deberán presentar un certificado médico del Ministerio de Salud Pública, del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, o de un médico privado, validado por la red de salud estatal, para eludir la multa respectiva.

Los más graves

La ley establece sanciones mucho más graves para casos específicos.

Por ejemplo, un miembro de mesa puede ser multado con hasta 1.380 dólares, si niega el voto a un elector facultado o acepta a uno impedido de sufragar.

Similar castigo recibirá quien, injustificadamente, retarde el envío o la entrega de los documentos electorales a las juntas respectivas, y quien publique adhesiones a candidaturas, utilizando firmas de ciudadanas o ciudadanos que las hayan otorgado con otra finalidad, las comercialice o las entregue a un sujeto político distinto de la persona u organización política, para quien estaban dirigidos originalmente.

Las multas más graves serán de entre 11 a 20 SBU (5.060 a 9.200 dólares), junto con la destitución o suspensión de los derechos políticos, desde seis meses hasta por dos años, para quienes, siendo miembros de mesa, abandonen sus funciones, o que induzcan a votar por una opción determinada de la Consulta.

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