El Impuesto al Valor Agregado (IVA), será del 8% durante el feriado de Semana Santa.
Así lo determinó un decreto ejecutivo.
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La medida regirá los días viernes 18, sábado 19 y domingo 20 de abril, en todo el país.
La reducción del impuesto se limitará a todos los bienes y servicios, vinculados de forma directa o indirecta al turismo.
Entre ellos los restaurantes, agencias de viajes, hoteles, etc.
Solo para turismo

El decreto 594 advierte que el beneficio, es “para la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas, de conformidad al artículo 5 de la Ley de Turismo”.
Esta disposición fue puesta en conocimiento del Servicio de Rentas Internas (SRI), para que se ejecuten las acciones necesarias.
Por tanto, los establecimientos que presten servicios definidos como actividades turísticas, emitirán los respectivos comprobantes de venta con la nueva tarifa, solo en los días mencionados.
Es la tercera ocasión en el presente año, que se aplica la disminución del IVA. Ya rigió en Año Nuevo y Carnaval.

