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Juez pide levantar inmunidad a legislador de la RC para que afronte una querella por calumnias

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Por: L. Páramo

Ultima actualización: 2026-01-19 20:38:12

Asambleista Juan Andrés González (RC) y Janina Rizzo, legisladora (ADN).

El juez nacional de la Corte Nacional de Justicia Felipe Córdova pidió a la Asamblea Nacional el levantamiento de la inmunidad parlamentaria al asambleísta Juan Andrés González, de la bancada Revolución Ciudadana (RC), por una querella planteada en su contra por la legisladora Janina Rizzo Alvear, perteneciente al oficialismo Acción Democrática Nacional (ADN).

Al igual que la legisladora Janina Rizzo, la asambleísta Mishel Mancheno (ADN) también presentó una querella contra el asambleísta González (RC), por los mismos motivos registrados el 10 de diciembre de 2025, en cuya rueda de prensa el querellado manifestó expresiones “inequivocadamente lesivas de carácter imputativo y penalmente relevantes”.

Los dos pedidos de levantar la inmunidad parlamentaria constan en la sesión plenaria n.° 063 de la Asamblea Nacional convocada para este martes 20 de enero de 2025.

Origen del problema

La legisladora Janina Rizzo acusa a González de cometer el delito de calumnias, tipificada en el artículo 182 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que prevé una sanción con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. Y además solicita una reparación integral de $ 50.000 y que pida disculpas públicas.

Con relación a los hechos, en el denuncia se señala que el 10 de diciembre de 2025, en la Asamblea Nacional, el asambleísta Juan Andrés González en rueda de prensa retomó la denuncia que había realizado el 15 de octubre pasado, en relación con los hechos del que se denominó en los medios de comunicación y redes sociales como Caso Porsche, relativo a la presencia de un vehículo de esa marca de propiedad de la compañía Industrial Molinera, minutos después de la detención del sospechoso del caso del atentado terrorista en la Bahía de Guayaquil el 3 de junio de 2025.

En la rueda de prensa, dice la querella, el legislador González se refirió a los miembros de la bancada del partido político Acción Democrática Nacional (ADN) como terroristas.

También indica que las expresiones de González no constituyen opiniones parlamentarias, no forman parte de un debate legislativo, no se pronunciaron en el contexto del cumplimiento de funciones; y, no describen criterios políticos, sino imputaciones categóricas de delitos específicamente la atribución falsa del delito de terrorismo.

En el caso concreto, las expresiones denunciadas no fueron emitidas por el querellado en el marco de un acto propio del ejercicio de la Función Legislativa o fiscalizadora, ni de un debate formal sujeto a reglas parlamentarias; sino por el contrario, de declaraciones públicas voluntarias frente a los medios de comunicación, realizadas fuera de un procedimiento legislativo.

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