Se tienen que cambiar o reformar, urgentemente, la Constitución, la Ley Orgánica de la Función Judicial, la Ley Orgánica de Control Constitucional y Garantías Jurisdiccionales. Se tiene que restablecer la Corte Suprema de Justicia, con las atribuciones y facultades de la Constitución de 1998. El Consejo de la Judicatura tiene que ser solamente gerencial o administrativo, de control y examen y crítica imparcial y científica de sentencias, y sancionatorio. La Corte Constitucional tiene que limitarse a la jurisdicción constitucional, y el garantismo no puede ser a ultranza de tal manera que disloque el ordenamiento jurídico legal y constitucional, como está ocurriendo actualmente.

Fuente: El Universo