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Pedido de Jorge Glas para ‘rebaja de pena por ley más benigna’ deberá ser revisado por un juez de Garantías Penitenciarias de Quito

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Por: Victor Gonzalez

Ultima actualización: 2023-08-02 13:55:06

El Universo .– El exvicepresidente Jorge Glas mantiene en firme dos sentencias por actos de corrupción ocurridos en su paso por la función pública.

El juez de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Guayaquil (Guayas), Manuel Lima, decidió inhibirse de conocer el recurso de “rebaja de pena por ley más benigna” presentado por el exvicepresidente Jorge Glas, el 5 de julio pasado. La decisión la tomó luego de que fue informado sobre sí a nombre del “sentenciado Jorge Glas Espinel existen causas de garantías penitenciarias sorteadas, así como su correspondiente estado”.

 

El juez de garantías penitenciarias para su resolución tomó en cuenta lo que se indica en el artículo dos de la resolución 01-2022 emitida por el pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que establece que el juzgador de garantías penitenciarias, o quien haga sus veces, que previno en el conocimiento de una causa respecto de los regímenes de rehabilitación social, será el competente para conocer todo el sistema de progresividad en la ejecución de la pena, incluidos los incidentes.

 

Además indica que si se presentare una nueva solicitud de cambio de régimen de rehabilitación social o de progresividad, el juez que conozca esta nueva solicitud deberá remitir al juez que previno en el conocimiento de la causa.

 

Lima explica que de la información recibida se desprende que existe una causa de garantías penitenciarias en la Unidad Judicial Especializada en Garantías Penitenciarias en el cantón Quito (Pichincha), la cual fue sorteada con anterioridad al pedido de “rebaja de pena por ley más benigna”, esto es el 10 de mayo de 2023.

 

“Se logra determinar que la competencia para vigilar y controlar el cumplimiento de las penas de Jorge David Glas Espinel se ha asegurado y ratificado en dicha causa radicada en Quito. En virtud de las consideraciones expuestas, (…) me inhibo de conocer la presente causa debiéndose remitir las constancias procesales a su juez natural de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, dentro de la causa 17U01-2023-00020G”, refirió en su decisión el juez Lima.

El caso al que hace referencia el juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil es en el que se resolvió el pedido de cómputo de la pena que estuvo en manos de la también jueza penitenciaria, pero de Quito, Soledad Manosalvas. Ella, luego de una audiencia, señaló que, al 30 de mayo de 2023, al exvicepresidente Jorge Glas le restaban por cumplir dos años, once meses y quince días de su pena única de ocho años de cárcel.

 

En esa misma resolución Manosalvas refirió que el líder del correísmo desde el 13 de diciembre de 2020 ya tenía vía libre para solicitar el beneficio penitenciario de prelibertad.

 

El nuevo recurso planteado por los abogados de Glas, Johanna Cercado y Cristhian Palacios, la “rebaja de pena por ley más benigna”, se da con base en el artículo 230, número 9, del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). La norma referida habla de la “competencia de los jueces de garantías penitenciarias” y sostiene que en las localidades donde exista un centro de rehabilitación social habrá, al menos, un juez de garantías penitenciarias, anotando que los jueces de garantías penitenciarias tendrán competencia para la sustanciación de derechos y garantías de personas privadas de libertad con sentencia condenatoria.

 

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