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Presidente Guillermo Lasso advierte de una afectación a la seguridad social militar de aprobarse un beneficio económico por desvinculación anticipada

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Ultima actualización: 2022-12-14 06:23:08

El Ejecutivo objetó parcialmente el proyecto de Ley de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas, que está en debate de la Comisión de Soberanía.

 

El presidente de la República, Guillermo Lasso, alerta de una posible afectación al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfa) y a la capacidad operativa de la institución militar si se da paso a un beneficio económico por desvinculación anticipada de los militares, como lo aprobó la Asamblea Nacional en el proyecto de Ley Orgánica de Personal y Disciplina.

También a aquellos oficiales que cumplan el último año en el grado de coronel; para la tropa, cuando cumpla el último año en el grado de sargento primero; al personal de oficiales y tropa que haya cumplido cinco años o más de servicio y que por enfermedades catastróficas, discapacidad, entre otras, les impida desempeñar sus funciones; para los oficiales generales o sus equivalentes en las otras fuerzas, así como el personal de suboficiales, recibirán por una sola vez el beneficio económico de desvinculación.

 

No se otorgaría a aquellos que soliciten voluntariamente la disponibilidad o la baja, o aquellos que sean colocados en situación de disponibilidad; ni a quienes sean dados de baja por tener sentencia condenatoria ejecutoriada en juicios penales.

De acuerdo con el análisis de la Presidencia de la República, si la Asamblea Nacional aprueba su propuesta de articulado, evitará la salida anticipada del personal militar y así una posible crisis al régimen de seguridad social.

 

Durante el análisis de la objeción parcial en la Comisión legislativa, se presentó Julio Mendieta, representante de los militares en servicio pasivo, quien exhortó a la Legislatura a ratificarse en uno de los incisos de dicho artículo, en lo relacionado con los militares retirados.

 

Este permite que el personal militar que se retiró a partir del 21 de octubre de 2016 y hasta antes de la vigencia de esta ley (en el caso de aprobarse) y que no hubiere percibido el beneficio por desvinculación, tendrá derecho a recibir por una sola vez el beneficio de cinco salarios básicos vigente al 1 de enero de 2015 por cada año de servicio y hasta un monto máximo de 150 salarios si cumple con los requisitos legales para el retiro de la institución castrense.

 

Mendieta recordó que este beneficio se creó en el 2012 y estuvo vigente hasta el 2016, cuando mediante un acuerdo ministerial se lo eliminó, por lo que piden que se lo reintegre y para ello que la Asamblea Nacional se ratifique en su texto.

 

La Asamblea Nacional tiene un plazo de 30 días para pronunciarse sobre el veto parcial del Ejecutivo. Esto implicará allanarse al veto presidencial o ratificarse en lo que se aprobó en el hemiciclo del Palacio Legislativo.

Fuente:El Universo

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