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Reforma tributaria abre un amplio paraguas de perdón de intereses y multas por deudas no solo con el SRI

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Por: Victor Gonzalez

Ultima actualización: 2024-02-05 17:21:09

El Universo .- Primer informe de proyecto urgente incluye remisión de intereses, multas y recargos a deudores de los gobiernos seccionales, ANT y otras entidades.

La Ley de Eficiencia Económica, cuyo primer informe ya se aprobó en el pleno de la Asamblea Nacional, abrirá un amplio paraguas de remisión tributaria, es decir el perdón de intereses, multas y recargos a los deudores tanto del Servicio de Rentas Internas (SRI) como de otras entidades: gobiernos autónomos descentralizados (GAD), la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) o de las que manejaron créditos educativos (Instituto de Talento Humano o IECE).

En la propuesta original no se hacía precisiones sobre el alcance de esta facilidad, pero en el informe para primer debate ya tratado por la Comisión de Desarrollo Económico se establece una remisión general, prácticamente sin limitaciones.

El tema preocupa a expertos, tanto por el sacrificio fiscal que puede implicar como por el mensaje contra la cultura tributaria que se estaría dando.

En la disposición transitoria segunda del proyecto se indica que “los contribuyentes que paguen la totalidad de las obligaciones tributarias vencidas a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley o aquellos contribuyentes que hayan sido notificados con una comunicación de diferencias o actas borrador hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente ley gozarán de la remisión del 100 % de intereses, multas y recargos derivados de los tributos cuya administración y recaudación le correspondan al Servicio de Rentas Internas”.

El pago deberá realizarse en un plazo máximo de 150 días contados a partir de la publicación de la ley. Deberán presentar los desistimientos de los recursos o acciones administrativas, judiciales, constitucionales o arbitrales nacionales y/o internacionales, previo a efectuar el pago.

En el caso de deudas a los GAD los deudores se podrán acoger mediante una resolución del ejecutivo municipal, metropolitano o provincial, según corresponda, sin que sea necesaria la emisión de una ordenanza.

El proyecto de ley también establece que se puedan acoger al beneficio los deudores de créditos educativos (Instituto de Talento Humano, IECE) y quienes tienen obligaciones pendientes de matriculación vehicular.

Adicionalmente hay una serie de condonaciones de deudas:

  • Se condona pago de $ 60 por concepto de impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2022 a los contribuyentes que hayan sido considerados Rimpe-Negocios Populares.
  • Se condonan los valores derivados del Régimen Impositivo Simplificado (RISE).
  • Se condonan impuestos a la propiedad de vehículos motorizados, ambiental, a la contaminación vehicular y al 1 % a la compra venta de vehículos usados, administrados por el SRI sobre los ajustes, reliquidaciones, redeterminaciones o determinaciones posteriores hechas por la administración tributaria hasta por el periodo fiscal 2023, inclusive. Esta extinción no incluye a la determinación anual por los impuestos vehiculares efectuados hasta por el periodo fiscal 2023.

Así, la Asamblea ha cambiado la propuesta original en el sentido de que ya no deja las precisiones para el reglamento, pero en cambio ha incorporado en la propia ley una serie de beneficios que favorece a todos, sin restricciones. “Es decir pueden beneficiarse funcionarios públicos, militares, policías y sus familiares. La remisión se extiende a todas las obligaciones del SRI: impuesto a la renta, impuesto a la salida de divisas, IVA, entre otros, sin importar la cuantía”, dice Napoleón Santamaría, abogado tributario.

Días atrás, él había insistido en que la remisión no podía ser tan general, porque al no limitar a políticos justamente se puede entender que la ley va con dedicatoria al actual Gobierno; además que militares y policías se supone que deben cumplir la ley y no deberían haber incurrido en esas faltas. También había dicho que quien percibe IVA y no lo dio al fisco a tiempo no solo ha cometido una falta tributaria, sino que ha incurrido en un fraude.

El experto también había desaconsejado que la remisión sea del 100 % de intereses, por ser una concesión excesivamente generosa con los deudores.

Lo que llama la atención, indica Pablo Guevara, socio de la consultora tributaria Andersen, es que el Gobierno envía un proyecto de ley para obtener ingresos que le permitan mejorar su situación fiscal, estableciendo exenciones especiales a casos puntuales, pero ahora la Asamblea le impone un mayor sacrificio fiscal. “Parece muy generoso por parte de la Asamblea, cosas que no van a afectar a ellos sino el Ejecutivo. Me imagino que lo han hablado con el Gobierno, de lo contrario están exonerando dineros ajenos”.

Considera que el mensaje que se da a la sociedad con este tipo de medidas es inconveniente. Es que hay contribuyentes que son cumplidores de la ley y deben sentirse defraudados con el Estado cuando ven que los que no cumplieron y que deberían tener una consecuencia se les perdona, el mensaje que se da es que no importa si no se cumple, pues pasando pocos años hay una nueva revisión.

“Las remisiones son odiosas porque aunque es necesario ajustar las cuentas con los deudores, si son tan seguidas es contraproducente”.

Guevara llama la atención, además, sobre otro artículo de la ley: una reforma al Código Tributario que establece una remisión a quienes paguen en siete días después de actos de determinación que haga Rentas Internas. Para Guevara esto también es una invitación a no pagar a tiempo y esperar a que el SRI los descubra, los determine y entonces acogerse a una remisión de intereses del 75 %.

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