El Registro Civil Nacional, negó el cupo solicitado el pasado lunes 5 de agosto por las ciudadanas Pamela Troya Báez y Gabriela Correa Vejar, para celebrar la boda civil de la pareja de lesbianas.
La documentación presentada por la pareja, fue analizada este miércoles y su respuesta se sustenta en el artículo 67 de la Constitución, que indica: “el matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal”.
El artículo 81 del Código Civil indica que el matrimonio es un contrato solemne por el cual el hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.
Al recibir la respuesta, que ya esperaban Pamela y Gabriela, el segundo paso será plantear una acción de protección, porque consideran que existe una violación de derechos.