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SRI anuncia listado de 60 alimentos que ahora pagarán el 15%

Imagen de Por: L. Páramo

Por: L. Páramo

Ultima actualización: 2026-04-01 08:48:36

Imagen referencial tomada de EcuadorTimes.net

El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó un listado oficial con nuevos alimentos que ahora estarán gravados con el 15% de IVA, conforme a lo establecido en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

La actualización incluye varios productos alimenticios que antes se comercializaban con tarifa 0%, pero que debido a su procesamiento, pierden el beneficio tributario.

Los alimentos que ahora pagarán IVA 15%

  • Pulpas y jugos procesados
  • Bebidas preparadas (batidos, refrescos)
  • Infusiones listas para beber
  • Carnes procesadas (cocidas, adobadas, etc.)
  • Sazonadores y alimentos preparados
  • Tofu o queso de soya
  • Mezclas de carnes con otros productos
  • Leches importadas
  • Leches deslactosadas
  • Leches descremadas y semidescremadas
  • Leches saborizadas
  • Leches enriquecidas/fortificadas
  • Crema de leche
  • Leche condensada, evaporada y manjar
  • Suero de leche y nata

Panes que no cumplan la definición o requisitos previstos en la Norma Técnica Ecuatoriana INEN

  • Entre ellos: Productos de pastelería y/o repostería, pasteles, tortas, tortillas, pastas, galletas, pastelillos, barquillos, bizcochos, cakes, cupcakes, pancakes, muffins, suspiros, merengues, obleas, postres, entre otros.
    Apanadura, rosquitas, empanadas, masa de pan y otros productos panificados, pan de molde, pan de pascua, panetón, pan de yuca, sánduches, tostadas.
  • Así mismo, sopas de fideos instantáneos, fideos precocidos o cocidos, productos alimenticios preparados con fideos.
    Fideos empacados con otros productos gravados con tarifa 0% o distinta de 0%, destinados a mezclarse antes de su consumo.
  • Enlatados importados de atún, macarela, sardina y trucha, latas de encebollados, ensaladas y hamburguesas de atún, distribuidas en latas o en cualquier otra presentación.

Explicación de la medida

Según el SRI, la decisión responde al objetivo de diferenciar entre alimentos en estado natural —que mantienen tarifa 0%— y los industrializados o preparados, que sí generan valor agregado.

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