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La Comisión de Justicia tiene 42 iniciativas de reforma para el COIP

Hasta ahora, la Comisión de Justicia de la Asamblea tiene 42 proyectos de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Estas propuestas se deben principalmente a la preocupación por la seguridad en el país, pero también incluyen iniciativas como la tipificación de la pederastia. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) recientemente aprobó tres proyectos para su trámite. Estos proyectos se refieren a la tipificación de la pederastia, el establecimiento de un mecanismo para viabilizar los juicios políticos y una propuesta presentada por el legislador Ramiro Vela, que busca incluir nuevos hechos punibles relacionados con la falsa imputación de un delito. El 7 de diciembre de 2023, el CAL aprobó la unificación de 37 proyectos de reforma al COIP para agilizar su consideración. La Asamblea se pronunció sobre la seguridad del país y acordó priorizar la aprobación de normas relacionadas. Entre los proyectos unificados se encuentran propuestas para aumentar las penas a delincuentes y tipificar la «vacuna extorsiva». Se comprometieron a debatir estas propuestas rápidamente en el Pleno de la Asamblea. Hoy, el Consejo de Administración Legislativa #CAL calificó a trámite 3 nuevos proyectos de reforma al #COIP, que serán remitidos a la Comisión de @JusticiaAN, a fin de que se unifiquen a las demás iniciativas que se encuentran en proceso.#LaNuevaAsamblea pic.twitter.com/WDg8v9rjCc — Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) January 13, 2024

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Gobierno analiza blindaje frente a procesos derivados por lucha contra terrorismo

El Comercio .- Wagner Bravo, secretario de Seguridad Pública, señaló que habrá una capacitación entre servidores de la fuerza pública y jueces para que conozcan sus roles en aras de unir esfuerzos. Así lo dio a conocer este viernes, 5 de mayo de 2023, en una entrevista radial. Esta es una de las conclusiones tras una reunión que mantuvo Bravo con el presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Iván Saquicela, magistrados en materia penal y jueces anticorrupción. Bravo comentó en radio Única que en ese encuentro se analizó la protección de militares y policías ante investigaciones penales, en el marco de su combate al terrorismo. El Decreto Ejecutivo 730, firmado el 3 de mayo por el presidente Guillermo Lasso, ordenó a los militares iniciar acciones para reprimir la amenaza terrorista. También se dispuso al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (Snai) tomar estrictas previsiones de seguridad para el personal militar y policial. Pues como resultado de las operaciones antiterroristas podrían ser sometidos a procesos judiciales penales. Con esta orden el Gobierno busca garantizar la integridad de los servidores en los centros de privación de la libertad. “Protegiendo la salvaguarda legal a nuestros compañeros de las Fuerzas Armadas y Policía es que las investigaciones, de ser el caso, van a ser expeditas y hacer una reforma a la ley”, indicó Bravo. No es lo mismo abrir una investigación por una muerte contra quien actuó bajo una orden de autoridad competente, que a una persona que cometió un sicariato, dijo. También se realizará un diálogo tipo capacitación, indicó Bravo, para que las Fuerzas Armadas y la Policía expliquen a los jueces cómo se planifica una operación, y que los magistrados expliquen lo que necesitan para aunar esfuerzos. No especificó fecha para este diálogo. Actuación bajo concepto de antijuridicidad Bravo aclaró, además, que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) permite a las Fuerzas Armadas y a la Policía actuar bajo el concepto de antijuridicidad. Este concepto se establece en el artículo 29 del COIP. Para que la conducta penalmente relevante sea antijurídica deberá amenazar o lesionar, sin justa causa, un bien jurídico protegido por este Código. El artículo 30 de la misma norma señala que no existe infracción penal cuando la conducta típica se encuentra justificada por estado de necesidad o legítima defensa. Tampoco existe infracción penal cuando se actúa en cumplimiento de una orden legítima y expresa de autoridad competente o de un deber legal, debidamente comprobados. Es decir, el Decreto firmado por Lasso y los parámetros que maneja la Policía y las Fuerzas Armadas son elementos que respaldan totalmente las acciones de policías y militares, según Bravo. Un proceso legal contra un policía o militar, que involucre la investigación por una muerte, puede tomar días o más tiempo y el servidor puede ser detenido. Por ejemplo, recordó que en el caso de policías investigados por el 30-S la investigación duró 13 años. En caso de una prisión preventiva a un servidor de la fuerza pública, no se le puede detener en un centro de privación de libertad donde posiblemente están personas que capturó el día anterior, eso es lo que se trata de prevenir, dijo el Secretario.

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Dictan prisión contra exfuncionaria de BanEcuador por presunto peculado

Con base en los elementos de convicción presentados por Fiscalía, una Jueza de Garantías Penales dictó prisión preventiva para Alejandra Marisol D. G., por su presunta participación en el delito de peculado. En la audiencia de formulación de cargos, la fiscal del caso, Mariela Quintanilla, relató que los hechos ocurrieron el 30 de noviembre del 2021 en la agencia de BanEcuador ubicada en la avenida Leopoldo Freire, en Riobamba. La exfuncionaria, delegada de Servicios, ingresó al sistema ‘Cobis’ con las claves de otra funcionaria (cajera), simulando una transacción por el monto de 44.000 dólares. Tiempo después, al realizar el cuadre del billetaje físico, dicha cantidad no se encontraba en la bóveda, por lo que esa institución remitió informes para el inicio de la investigación en su contra. Fiscalía justificó el inicio del proceso penal con elementos de convicción de cargo, entre los que se incluyen: versiones de los funcionarios de BanEcuador, entre ellos de los técnicos de TIC; la pericia contable, la pericia informática a la base de datos de BanEcuador, que permitió determinar la IP y terminal del computador con el que se ingresó la clave de otra funcionaria; la información documental entregada por la entidad financiera sobre los ordenadores asignados a cada funcionario, el informe de audio, video y afines de las cámaras de seguridad, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros. La Magistrada también dispuso la retención de todas las cuentas de la hoy procesada. La instrucción fiscal durará noventa días. El delito de peculado está tipificado en el artículo 278, incisos primero y segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).   Fuente: Vistazo

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