El presidente de Parlamento, Virgilio Saquicela, anunció que Guillermo Lasso pidió ser recibido por el pleno para entregar la iniciativa este 7 de diciembre. Tres escenarios políticos maneja el gobierno de Guillermo Lasso respecto al trámite en la Asamblea Nacional de la reforma parcial a la Constitución sobre el rol de las Fuerzas Armadas en el combate al crimen organizado. El presidente de Parlamento, Virgilio Saquicela, anunció que Lasso pidió ser recibido por el pleno este 7 de diciembre para entregar la iniciativa y exponer sus alcances. Está previsto que acuda a las 10:00. El pasado 30 de noviembre, la Corte Constitucional (CC) emitió su dictamen favorable sobre el pedido del régimen para reformar la Constitución para que los militares colaboren con los policías en la lucha contra la delincuencia sin necesidad de que el jefe de Estado decrete estados de excepción. Carondelet planteó que esto se realice por la vía de la reforma parcial, que está contemplada en el artículo 442 de la carta magna; es decir, con dos debates en el Parlamento y luego un referéndum. La CC lo aceptó. La pregunta que envió Lasso es la siguiente: “Actualmente, las Fuerzas Armadas no pueden apoyar a la Policía Nacional en la protección interna y mantenimiento del orden público, a menos que exista una declaratoria de estado de excepción. ¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con lo previsto en el anexo 1?”. En dicho anexo se plantea una modificación al artículo 158 de la carta magna agregando este texto: “Previa solicitud motivada de la Policía Nacional, la o el presidente de la República del Ecuador podrá disponer el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional. Este apoyo complementario se brindará para combatir el crimen organizado de forma extraordinaria y regulada”. El artículo 442 de la Constitución indica que una reforma parcial es un cambio que no supone “una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni modifique el procedimiento de reforma de la Constitución”. Y que puede darse “por iniciativa de la presidenta o presidente de la República, o a solicitud de la ciudadanía con el respaldo de al menos el uno por ciento de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el registro electoral, o mediante resolución aprobada por la mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional”. La iniciativa debe ser aprobada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo se realizará al menos 90 días después del primero. Y se aprueba con mayoría calificada: 92 votos. “Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los 45 días siguientes. Para la aprobación en referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Una vez aprobada la reforma en referéndum, y dentro de los siete días siguientes, el Consejo Nacional Electoral dispondrá su publicación”, señala el texto constitucional. Karen Sichel, asesora jurídica de la Presidencia de la República, explica que no hay un plazo para que el Legislativo resuelva el tema: lo único que se menciona en la Constitución es que entre el primero y el segundo debate deben mediar al menos 90 días. “La Ley de Participación Ciudadana sí contempla el plazo de un año para que la Asamblea se pronuncie sobre un pedido de reforma parcial, pero cuando se trata de una iniciativa ciudadana”, refiere la funcionaria. Y ante ello, el régimen ha considerado tres escenarios políticos para el trámite de su propuesta, dice Sichel. El primero, “el ideal, el mejor, es que los legisladores tomen conciencia de la importancia que tiene este cambio constitucional y lo inicien de inmediato”. El segundo, que este se dilate por los “intereses particulares de los legisladores”. Y el tercero, que nunca se trate, “y que sea uno más que los proyectos relacionados con la seguridad que represen”. “Desde el Gobierno no podemos asumir esto con ingenuidad, tenemos mapeados los escenarios y sabemos la Asamblea que tenemos. Pero veamos qué pasa, porque los asambleístas también tienen que responderle a la ciudadanía por lo que hacen o no hacen”, expresa. Isabel Enríquez, presidenta de la Comisión Ocasional de Enmiendas Constitucionales, explica que el tiempo que tarden en procesar el pedido de reforma parcial del Ejecutivo depende, primero, del Consejo de Administración Legislativa (CAL), y luego, del presidente de la Asamblea. La Comisión de Enmiendas Constitucionales ha tramitado tres proyectos de cambios a la Constitución en el actual periodo legislativo. Foto www.asambleanacional.gob.ec “Cuando llega una enmienda (o cambio) a la Asamblea, el CAL lo debe enviar a la comisión, no tiene plazo para ello. Aquí hacemos la planificación del tiempo que la vamos a debatir, hacemos un calendario de comparecencias, y luego aprobamos el informe de primer debate, no nos demoramos más de un mes y medio. Ya depende del presidente ponerla en el orden del día del pleno. Por ejemplo, el informe de primer debate de la enmienda referida al número de votos para la aprobación de leyes se la enviamos a la presidencia en marzo pasado y recién la pusieron en el orden del día hace poco. A veces hay que estar rogándoles a los del CAL para que traten los temas; el dictamen de la Corte Constitucional sobre la enmienda referida a poner al dólar como moneda oficial llegó, ya está en la presidencia hace más de un mes, lo único que tienen que hacer es avocar conocimiento y enviarla. Se les dice, vean, no sean malitos, envíenme, que tengo que trabajar”, señala. Sobre la viabilidad de la reforma al rol de los militares, la legisladora de Pachakutik indica que su bloque no se ha reunido para analizar el tema. Pero advierte que sí sería importante que las Fuerzas Armadas colaboren estrechamente con la Policía Nacional en el combate a la delincuencia. “Creo que la ciudadanía le tiene más respeto a las Fuerzas Armadas en las calles”, opina. En todo