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Ecuador: enero 24, 2025

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Ecuador, enero 24, 2025

La Asamblea ‘promete’ tramitar más de 100 leyes y siete juicios políticos en año y medio

Primicias .- La Asamblea Nacional presentó una agenda con al menos 120 proyectos de ley y tramitar siete juicios políticos para lo que resta del periodo, entre ellos el proceso contra la fiscal Diana Salazar. En medio de las ‘urgencias’ que debe tratar la Asamblea por los proyectos enviados por Daniel Noboa, el presidente del Legislativo, el sociacristiano Henry Kronfle, aprobó la agenda legislativa para este periodo, y con ‘ambiciosas’ promesas que incluyen 120 propuestas de ley en año y medio. Según Kronfle, la planificación contó con el aporte de los jefes de las bancadas y los presidentes de las comisiones permanentes. Estas son las principales leyes que aspira a tratar la Asamblea en su periodo: La mesa de Justicia propone tratar la reforma al Código de la Democracia; la Ley Orgánica reformatoria al Código Orgánico Integral Penal (COIP); una reforma a la normativa de la Función Legislativa, y el Proyecto de Ley Orgánica reformatoria a la Ley Orgánica de la Función Judicial. En materia de seguridad, se prevé analizar Ley Orgánica de Inteligencia, Ley para el Control del Espacio Aéreo Nacional, el Proyecto de Ley de Seguridad Digital, y hasta norma sobre Armas, Municiones y Explosivos, de Desarrollo Fronterizo (pendiente consulta prelegislativa). El avance del más de un centenar de propuestas será evaluado semestralmente y la Unidad Técnica Legislativa elaborará informes bimestrales sobre el desarrollo de los proyectos en las comisiones permanentes. Juicios a Salazar y Zapata Por su parte, la Comisión de Fiscalización aportó a la agenda Legislativa anunciando los juicios políticos que prevé tramitar hasta el final del periodo, en mayo de 2025. Los primeros de la lista debían ser los vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE) pero al estar próximas varios procesos de votación, el juicio político está en suspensos. Ahora se está tramitando el juicio al exministro de Inclusión Económica y Social, Esteban Bernal y los siguientes en la lista de Fiscalización son los vocales del Consejo de la Judicatura, Fausto Murillo y Juan José Morillo. Mientras que el exministro de Energía, Fernando Santos Alvite se ubica cuarto en la línea de prelación de los juicios políticos y luego de él vendrá el proceso de fiscalización a Juan Zapata, exministro del Interior. En sexto lugar, está el juicio a la fiscal del Estado, Diana Salazar, que se procesaría a finales de este año o inicios de 2025 y concluirían con los exvocales del Consejo de la Judicatura, Wilman Terán, Maribel Barreno y el vocal Xavier Muñoz.

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Reforma tributaria abre un amplio paraguas de perdón de intereses y multas por deudas no solo con el SRI

El Universo .- Primer informe de proyecto urgente incluye remisión de intereses, multas y recargos a deudores de los gobiernos seccionales, ANT y otras entidades. La Ley de Eficiencia Económica, cuyo primer informe ya se aprobó en el pleno de la Asamblea Nacional, abrirá un amplio paraguas de remisión tributaria, es decir el perdón de intereses, multas y recargos a los deudores tanto del Servicio de Rentas Internas (SRI) como de otras entidades: gobiernos autónomos descentralizados (GAD), la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) o de las que manejaron créditos educativos (Instituto de Talento Humano o IECE). En la propuesta original no se hacía precisiones sobre el alcance de esta facilidad, pero en el informe para primer debate ya tratado por la Comisión de Desarrollo Económico se establece una remisión general, prácticamente sin limitaciones. El tema preocupa a expertos, tanto por el sacrificio fiscal que puede implicar como por el mensaje contra la cultura tributaria que se estaría dando. En la disposición transitoria segunda del proyecto se indica que “los contribuyentes que paguen la totalidad de las obligaciones tributarias vencidas a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley o aquellos contribuyentes que hayan sido notificados con una comunicación de diferencias o actas borrador hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente ley gozarán de la remisión del 100 % de intereses, multas y recargos derivados de los tributos cuya administración y recaudación le correspondan al Servicio de Rentas Internas”. El pago deberá realizarse en un plazo máximo de 150 días contados a partir de la publicación de la ley. Deberán presentar los desistimientos de los recursos o acciones administrativas, judiciales, constitucionales o arbitrales nacionales y/o internacionales, previo a efectuar el pago. En el caso de deudas a los GAD los deudores se podrán acoger mediante una resolución del ejecutivo municipal, metropolitano o provincial, según corresponda, sin que sea necesaria la emisión de una ordenanza. El proyecto de ley también establece que se puedan acoger al beneficio los deudores de créditos educativos (Instituto de Talento Humano, IECE) y quienes tienen obligaciones pendientes de matriculación vehicular. Adicionalmente hay una serie de condonaciones de deudas: Se condona pago de $ 60 por concepto de impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2022 a los contribuyentes que hayan sido considerados Rimpe-Negocios Populares. Se condonan los valores derivados del Régimen Impositivo Simplificado (RISE). Se condonan impuestos a la propiedad de vehículos motorizados, ambiental, a la contaminación vehicular y al 1 % a la compra venta de vehículos usados, administrados por el SRI sobre los ajustes, reliquidaciones, redeterminaciones o determinaciones posteriores hechas por la administración tributaria hasta por el periodo fiscal 2023, inclusive. Esta extinción no incluye a la determinación anual por los impuestos vehiculares efectuados hasta por el periodo fiscal 2023. Así, la Asamblea ha cambiado la propuesta original en el sentido de que ya no deja las precisiones para el reglamento, pero en cambio ha incorporado en la propia ley una serie de beneficios que favorece a todos, sin restricciones. “Es decir pueden beneficiarse funcionarios públicos, militares, policías y sus familiares. La remisión se extiende a todas las obligaciones del SRI: impuesto a la renta, impuesto a la salida de divisas, IVA, entre otros, sin importar la cuantía”, dice Napoleón Santamaría, abogado tributario. Días atrás, él había insistido en que la remisión no podía ser tan general, porque al no limitar a políticos justamente se puede entender que la ley va con dedicatoria al actual Gobierno; además que militares y policías se supone que deben cumplir la ley y no deberían haber incurrido en esas faltas. También había dicho que quien percibe IVA y no lo dio al fisco a tiempo no solo ha cometido una falta tributaria, sino que ha incurrido en un fraude. El experto también había desaconsejado que la remisión sea del 100 % de intereses, por ser una concesión excesivamente generosa con los deudores. Lo que llama la atención, indica Pablo Guevara, socio de la consultora tributaria Andersen, es que el Gobierno envía un proyecto de ley para obtener ingresos que le permitan mejorar su situación fiscal, estableciendo exenciones especiales a casos puntuales, pero ahora la Asamblea le impone un mayor sacrificio fiscal. “Parece muy generoso por parte de la Asamblea, cosas que no van a afectar a ellos sino el Ejecutivo. Me imagino que lo han hablado con el Gobierno, de lo contrario están exonerando dineros ajenos”. Considera que el mensaje que se da a la sociedad con este tipo de medidas es inconveniente. Es que hay contribuyentes que son cumplidores de la ley y deben sentirse defraudados con el Estado cuando ven que los que no cumplieron y que deberían tener una consecuencia se les perdona, el mensaje que se da es que no importa si no se cumple, pues pasando pocos años hay una nueva revisión. “Las remisiones son odiosas porque aunque es necesario ajustar las cuentas con los deudores, si son tan seguidas es contraproducente”. Guevara llama la atención, además, sobre otro artículo de la ley: una reforma al Código Tributario que establece una remisión a quienes paguen en siete días después de actos de determinación que haga Rentas Internas. Para Guevara esto también es una invitación a no pagar a tiempo y esperar a que el SRI los descubra, los determine y entonces acogerse a una remisión de intereses del 75 %.

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Corte declara inconstitucionales leyes de jubilación de la industria del cemento

Primicias .- La Corte Constitucional declaró inconstitucionales dos leyes jubilares especiales y ordena al Ejecutivo y al Legislativo regular la situación de los trabajadores del sector, a través de la aprobación urgente de un nuevo cuerpo legal. La Corte Constitucional del Ecuador resolvió con mayoría de votos que la Ley de Jubilación Especial de los Trabajadores de la Industria del Cemento y su Ley Interpretativa son inconstitucionales. Se trata de cuerpos legales que no garantizan el derecho a la seguridad social ni la sostenibilidad del sistema de pensiones, según la Corte, que atendió una demanda de inconstitucionalidad presentada por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Las leyes otorgaban una pensión jubilar especial a los trabajadores y extrabajadores de la industria del cemento, sin contar con fuentes de financiamiento suficientes para cubrir las obligaciones, ni asegurar la disponibilidad de recursos o la sostenibilidad en el tiempo. La Corte ordenó al presidente de la República que envíe a la Asamblea Nacional un proyecto de ley que regule la situación de este sector, y que se lo tramite de forma urgente y prioritaria. Mientras tanto, quienes ya tenían derecho a la pensión jubilar especial podrán seguir recibiendo el pago de forma regular, hasta que se apruebe la nueva ley. La Corte también cuestionó la negligencia de las autoridades del Estado por haber creado y mantenido una prestación de seguridad social insostenible y desfinanciada por casi 30 años. Además, aclaró que la sentencia no afecta los derechos de los trabajadores y extrabajadores de la industria del cemento, sino que dispone la creación de una ley orgánica, tomando en cuenta el principio de no regresividad de derechos.

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Cerca de terminar su gestión, Guillermo Lasso emitió los reglamentos de las leyes Fintech y de Protección de Datos Personales

El Universo .- Los decretos ejecutivos 903 y 904, suscritos el 6 de noviembre, establecen las normas para la aplicación de las leyes. A pocas semanas de finalizar su mandato, el lunes 6 de noviembre el presidente Guillermo Lasso emitió dos decretos ejecutivos, 903 y 904, con los reglamentos que darán operatividad a la Ley Orgánica para el Desarrollo, Regulación y Control de los Servicios Financieros Tecnológicos (Fintech) y a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, respectivamente. En el caso de la Ley Fintech, que está en vigencia desde diciembre de 2022, el reglamento contiene diez artículos. La norma dispone que las actividades fintech serán reguladas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y por la Junta de Política y Regulación Financiera. En tanto que el Banco Central del Ecuador (BCE) y a las superintendencias de Compañías y de Bancos, dentro de sus competencias, serán responsables de la calificación, supervisión y control de las compañías. Asimismo, se establece que las empresas dedicadas a actividades fintech no podrán efectuar otras distintas. Podrán prestar uno o varios servicios, siempre y cuando tengan la correspondiente autorización; con excepción de las sociedades especializadas de depósitos y pagos electrónicos, cuyo objeto único es la recepción de recursos confines exclusivos de facilitar pagos y traspasos de recursos mediante medios de pago electrónicos autorizados, dice el reglamento. Se implementarán sistemas informáticos estandarizados para los reportes de las compañías involucradas en el campo. Con el fin de prevenir el lavado de activos y financiamiento de delitos, así como regular aspectos de ciberseguridad y seguridad de la información, las entidades competentes deberán emitir las regulaciones pertinentes. Lasso justificó en el Decreto 903 que es necesario emitir las disposiciones normativas para la aplicación de la Ley Fintech, “permitiendo el desarrollo del mercado fintech local, y precautelando los derechos de los usuarios de dicho mercado”. En cuanto a la Ley de Protección de Datos, vigente desde mayo de 2021, el reglamento es más extenso, ya que contiene 90 artículos, una disposición general y dos transitorias. Aplica a todas las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, del sector público y privado, que realicen tratamiento de datos personales dentro o fuera del país. Ahí se establecen, entre otros temas, las reglas que deberán cumplir los responsables y encargados del tratamiento de datos personales no establecidos en Ecuador. En todos los casos que se requiera el consentimiento explícito del titular para el tratamiento de sus datos personales, el responsable del manejo de los datos deberá informar previa y detalladamente el tratamiento que tendrán los datos, la finalidad, el tiempo de conservación, las medidas de protección, las consecuencias de la entrega y otros aspectos. Se determina que los plazos de conservación de los datos personales no deberán exceder aquellos que sean estrictamente necesarios para el cumplimiento de las finalidades que justificaron el tratamiento. Dichos plazos serán regulados por la Autoridad de Protección de Datos. El reglamento dedica un capítulo a los derechos, en el cual se establecen los medios para el ejercicio de los derechos, contenido de la solicitud, requerimiento de información adicional, registro de solicitudes y reclamo ante la Autoridad de Protección de Datos Personales. También se norma el tratamiento de los datos de personas fallecidas, datos crediticios, datos de menores de edad y del interés superior del niño. Otros capítulos del reglamento abordan transferencia o comunicación de datos a terceros, vulneración a la seguridad de datos personales, evaluación de impacto, responsable del tratamiento, responsabilidad proactiva y autorregulación, códigos de conducta, entre otros. La norma dispone que la Autoridad de Protección de Datos Personales goza de autonomía administrativa, técnica, operativa y financiera. Estará a cargo del superintendente de Protección de Datos Personales y tendrá su sede en Quito. Entre las atribuciones que tendrá la Autoridad está registrar las bases de datos que contengan datos personales en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales; dirigir y administrar el Registro Único de Responsables y Encargados Incumplidos; emitir regulaciones e informes técnicos. También se establece un régimen sancionatorio para casos en que se presuma el cometimiento de alguna de las infracciones contenidas en la ley. En las disposiciones transitorias del reglamento se dispone que la implementación y funcionamiento de la Superintendencia de Protección de Datos Personales estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria, previo dictamen favorable del Ministerio de Finanzas. También se impuso el plazo máximo de un año, desde el funcionamiento de la Superintendencia, para que la entidad desarrolle capacitaciones técnicas y cursos de formación dirigidos al público en general. En el Decreto 904, el presidente apuntó en el texto que es necesario “establecer con claridad los preceptos y procedimientos para la ejecución de la ley”. (

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Ley de Protección de Datos Personales todavía no contempla imponer sanciones a empresas y entes públicos, según ministra de Telecomunicaciones

El Universo .- Vianna Maino, titular de esta cartera de Estado, indicó en un evento que la adaptación a las indicaciones a la ley sigue siendo un proceso en curso. En un evento realizado este viernes 27 de octubre por Asociación de Bancos Privados del Ecuador y el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, la ministra de esta cartera de Estado, Vianna Maino, indicó que todavía no se aplica el régimen sancionatorio de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDP), que busca regular cómo fluye la información de titulares de derechos entre empresas privadas y entes del sector público. “Dado que somos un país en vías de desarrollo, no consideramos pertinente aún la imposición de sanciones (…) hasta que se haya entendido e interiorizado” la ley, subrayó Maino. El régimen sancionatorio contempla multas monetarias en caso de mal manejo de datos, no pedir consentimiento para el uso de los mismos, filtraciones de datos a terceros sin permiso, negativas frente a pedidos de los titulares de datos de ver y eliminar su información si así lo desean y ventas ilegales de bases de datos, entre otras infracciones. La información que busca proteger la LOPDP va desde datos financieros como historiales de transacciones e información crediticia hasta direcciones, números de teléfono e historiales médicos y datos genéticos, entre otros tipos de información. Maino señaló que se sigue socializando la ley, y que la aplicación de sus estipulaciones en empresas y organizaciones sigue en proceso. Se le dio dos años a compañías y organizaciones gubernamentales para que se adecúen a las especificaciones de la ley, que entró en el Registro Oficial en mayo de 2021. El régimen sancionatorio técnicamente entró en vigencia en mayo pasado, tras vencer los dos años de adaptación concedidos a entidades. Uno de estos cambios es la implementación en la estructura de las organizaciones de la figura del delegado de protección de datos personales, que sirve como un nexo entre los titulares de los datos, la organización que maneja los datos (una empresa, por ejemplo) y la Superintendencia de Datos Personales, cuerpo cuya conformación también manda la ley. Esta Superintendencia, que tiene la potestad de aplicar las sanciones por mal manejo de información, todavía no se ha conformado. Guillermo Lasso, presidente de la República, ha mandado dos ternas para el puesto de Superintendente de este ente al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. La última terna, enviada esta semana, incluye a la misma Maino. La primera parte del evento en el que la ministra dio las declaraciones, que tuvo lugar en el Hotel Sheraton en Guayaquil, consistió de una charla magistral dictada por Maino respecto a los detalles de la LOPDP y un panel de expertos en la materia. La ministra enfatizó que la ley no busca detener el crecimiento de la industria de los datos, sino que quiere “equilibrar tecnología y privacidad”. Aseguró que la creación de datos privados en la esfera digital ha incrementado en un 2187% en el país en los últimos 8 años. Cuando una persona se pasa de un seguro médico a otro, por ejemplo, la persona que maneje los datos médicos del paciente que se transfiere debe mandar solo lo necesario a la otra compañía. La ministra también dio algunas recomendaciones para evitar el acceso criminal a datos, como tener bloqueos en nuestros celulares, como diseñar una variedad de contraseñas. Marco Rodríguez, presidente ejecutivo de Asobanca, también compartió que el sector bancario viene trabajando con expertos europeos en la elaboración del primer código de conducta del sector financiero del país. Añade que es el primero en Latinoamérica y que lo han estado elaborando por seis meses. Esperan terminarlo durante el próximo trimestre para luego difundirlo y discutirlo. Señala que este código “debe ir más allá de las leyes locales”.

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Guillermo Lasso suma apoyos en Washington para la aprobación de la Ley IDEA

El Universo .-  Con el propósito de conseguir preferencias arancelarias para que productos ecuatorianos ingresen en mejores condiciones al mercado estadounidense, el presidente Guillermo Lasso mantuvo tres reuniones de alto nivel en Washington, el martes 26 de septiembre, para impulsar la propuesta de Ley de Innovación y Desarrollo en Ecuador (IDEA, por sus siglas en inglés). El primer encuentro fue con el senador Ron Wyden, presidente del Comité de Finanzas del Senado de Estados Unidos. La segunda cita fue con los congresistas Michael McCaul, Sydney Kamlager-Dove, Keith Self, integrantes del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara de Representantes de EE.UU. Y el tercer diálogo fue con miembros del Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes. Lasso compartió en redes sociales breves detalles sobre las citas. Informó que el senador Wyden reconoció el trabajo de Ecuador en la “defensa permanente del libre comercio” e indicó que el funcionario estadounidense se comprometió a “llevar la voz” de Ecuador ante el Comité de Finanzas del Senado, con el fin de que el país sea considerado como candidato para beneficiarse de la Ley IDEA. De la conversación con los congresistas, el presidente resaltó que McCaul, Kamlager-Dovw y Self “ven con buenos ojos” el pedido del Gobierno ecuatoriano para que la ley sea aprobada. Luego, la última conversación que tuvo el presidente para sumar apoyos fue en el Congreso de Estados Unidos con seis integrantes del Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes: los republicanos Jason Smith (presidente del Comité), Adrian Smith, Elizabeth Ann Van Duyne, Michael Todd Whitaker Carey, Michelle Fsichbach, y el demócrata Jimmy Panetta. Lasso resaltó en cada encuentro que la inclusión de Ecuador se traducirá en que “al menos el 90 % de los productos exportados a EE.UU. no pagarán aranceles”. “Nuestras economías son complementarias y pueden fortalecerse con la aprobación de esta Ley y, con ella, el desarrollo de nuestra economía generando mayores oportunidades de empleo para los ecuatorianos”, comentó el mandatario. Las tres reuniones fueron parte de la agenda oficial que Guillermo Lasso cumple en Estados Unidos desde el 17 de septiembre, como parte de la Semana de Alto Nivel de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas. ¿Qué es la Ley IDEA? La propuesta de La Ley de Innovación y Desarrollo en Ecuador (IDEA) fue presentada en el Senado de Estados Unidos el 22 de marzo de 2023, por los senadores los senadores Bob Menéndez y Jim Risch. Menéndez es presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado y Risch es miembro de Alto Rango. La norma busca incorporar al país como beneficiario de la Ley de Recuperación Económica de la Cuenca del Caribe, una iniciativa creada hace 40 años que actualmente beneficia a 17 países con preferencias arancelarias unilaterales para ingresar al mercado estadounidense. El proyecto de ley tuvo como antesala que en diciembre de 2022 el Congreso de EE.UU. aprobó la Ley Bipartidista de Asociación entre Estados Unidos y Ecuador. Según un comunicado emitido en marzo de esta año por el Comité de Relaciones Exteriores del Senado, la Ley IDEA permitiría: Reducir los aranceles estadounidenses sobre casi el 50 % de las exportaciones ecuatorianas que ingresen a Estados Unidos. Promover políticas económicas basadas en el mercado para reducir la inmigración ilegal desde Ecuador. Los ecuatorianos son el segundo grupo más grande que ingresa ilegalmente a Panamá en su camino a los Estados Unidos, y la inmigración ilegal desde Ecuador se ha más que duplicado hasta ahora en el año fiscal 2023 en comparación con el año fiscal 2022. “Brindar apoyo a un socio democrático bajo la presión extrema de China y otras influencias malignas”. Por otro lado, la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana (Amcham) señaló, en un comunicado del 25 de septiembre, al menos cinco beneficios del proyecto: Acceso preferencial al mayor mercado del mundo. Mejora de la competitividad de los productos ecuatorianos, incrementando la producción nacional. Mayor crecimiento de pequeñas y medianas empresas que son el 99 % del tejido productivo del Ecuador y el mayor generador de empleo. Incremento del empleo en el sector rural, el más afectado por la pobreza, donde se encuentran, generalmente, grupos vulnerables y en situación de riesgo. Acceso preferencia de más de $ 1.400 millones en exportaciones no petroleras libres de arancel. Además, de acuerdo con información de la Amcham, con la Ley IDEA el 99,7 % de las exportaciones no petroleras entrarían a Estados Unidos sin arancel. 

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Gremios de cangrejeros rechazan decreto que propone la titularización de tierras camaroneras

El Universo .- Algunos gremios del sector aseguran que la propuesta afectaría a más de 3.000 cangrejeros y sus familias, lo cual indirectamente sumaría unas 15.000 personas. Que el Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica de Gestión de Riesgos y Desastres afectará directamente a más de 3.000 cangrejeros y sus familias es la denuncia que algunos gremios del sector cangrejero expusieron este 13 de septiembre, a través de un comunicado, en el que también anunciaron una masiva movilización para la próxima semana en Quito para pedir a la Corte Constitucional (CC) el archivo del proyecto que propone un mecanismo de regularización de tierras e infraestructuras camaroneras.   Esto, según el Ejecutivo, permitiría al Estado recaudar recursos para enfrentar emergencias y a los propietarios de los bienes tener un patrimonio para que los respalde. Sin embargo, la Federación Nacional de Cooperativas Pesqueras del Ecuador (Fenacopec) pide reunirse con autoridades del Gobierno para socializar el decreto y exhorta a la CC que no dé paso este cuerpo normativo. En el comunicado otros gremios también crítican el decreto, entre estos están la Asociación Puerto Envidia de Naranjal; la Unión de Cangrejeros del Golfo; y de la Cooperativa de Producción Artesanal El Paraíso del Cangrejo. “Nuestro temor es lo que va a pasar cuando se dé la titularización. Esto será un problema social, económico y político”, explicó la presidenta de la Fenacopec, Gabriela Cruz.   La dirigente también solicitó una reunión al viceministro de Acuacultura y Pesca, Andrés Arens, para “socializar dicho decreto” y presentar un catastro de las camaroneras para conjuntamente analizar lo que es y no es viable. A la postura de Cruz también se unieron otros dirigentes, que expresaron su preocupación por este decreto ley. Según el presidente de la Asociación Puerto Envidia de Naranjal y miembro de la Red de Manglares de Churute, Christian Castro, el cuerpo normativo va a legalizar el daño a la naturaleza y todos los manglares que se han talado.   El presidente de la Unión de Cangrejeros del Golfo, Agapito Risco, comentó que no solo corren riesgo los manglares, sino que también las especies que se reproducen en ellos y las comunidades de las cuales muchas han sido desalojadas. Además, mencionó que le preocupa la seguridad de los cangrejeros. “Actualmente (los) que tienen concesión disparan y matan a nuestros compañeros, qué va a pasar con ellos cuando ya tengan la titularización de la tierra”, reprochó. Por su parte, el presidente de la Cooperativa de Producción Artesanal El Paraíso del Cangrejo, Cristhian de la Torre, lamentó que en el decreto el Gobierno nacional no les brinda las garantías necesarias para realizar su actividad. “El presidente no nos garantiza la seguridad a nivel nacional, cómo va a garantizar que los camaroneros, una vez que tengan la titularización, no nos maten como ya ha pasado en Puerto Morro y en el estero Salado”, se cuestionó. En tres disposiciones reformatorias se enfocan críticas de cangrejeros El proyecto en discordia fue uno de los dos que el presidente Guillermo Lasso envió el 5 de septiembre pasado con carácter de urgencia económica. La preocupación de los gremios se enfoca en el contenido de las disposiciones reformatorias primera, octava y novena, que se refieren a las reformas a la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca. En la octava se pide que se agregue la siguiente disposición general: “Los titulares de concesiones de zona de playa y bahía destinadas exclusivamente a la actividad acuícola, cuyas superficies hayan perdido la influencia marina de las mareas por la acción del hombre o la naturaleza y que, por lo tanto, ya no ostenten tal calidad ni la de bien nacional de uso público, podrán solicitar al ente rector de Acuicultura y Pesca dejar sin efecto el acto administrativo que otorgó la concesión respecto del área objeto de la misma y, en consecuencia, solicitar al ente rector de Acuicultura y Pesca la adjudicación de la propiedad de dichas tierras previo pago del valor que corresponda conforme los parámetros que serán establecidos vía norma técnica y conforme los requisitos técnicos que establezca el ente rector de Acuicultura y Pesca, el cual tendrá competencia exclusiva sobre las tierras de esta naturaleza”. Mientras que en la novena se indica: “Los titulares de concesiones de zonas de playa y bahía para dedicarse a la actividad acuícola, así como los titulares de concesiones para ocupar zonas marinas, en su hábitat natural o en recintos especialmente construidos para dedicarse a la acuicultura marina podrán hipotecar total o parcialmente el derecho contenido en la autorización correspondiente, únicamente a favor de una institución del sistema financiero público nacional. El contrato de hipoteca deberá otorgarse por escritura pública e inscribirse ante el ente rector. Para los efectos jurídicos de lo contemplado en el párrafo anterior, la infraestructura camaronera será considerada un bien inmueble”.

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Acumulación de penas, eliminar medidas sustitutivas y prevaricato para fiscales, las reformas que penalistas plantean para frenar impunidad del narcotráfico

El Universo .- Otra sugerencia es crear expedientes electrónicos y, a través de una resolución de la Judicatura, cambiar el sorteo de las causas para que sea a nivel nacional. En noviembre próximo, cuando se instale la nueva Asamblea, Pablo Ramírez, director nacional de la Dirección de Investigación Antidrogas de la Policía, asegura que entregará proyectos de reformas legales para “enfrentar mejor al narcotráfico”. Y aunque no adelantó sus propuestas, expertos en seguridad consideran que se requieren ajustes e incorporar sanciones. A los fiscales, sugiere el abogado penalista Gabriel Vanegas, se les debe incluir en el delito de prevaricato, como se sanciona a los jueces con prisión de tres a cinco años. “Cuando aplican mal una norma deben ser sancionados”, apunta este docente catedrático, quien recomienda que se debe reformar la ley de lavado de activos para incluir en este control a mutualistas, cooperativas e inmobiliarias: “No puede ser que las constructoras venden sin importar de dónde vienen los recursos”. Las medidas sustitutivas, que se conceden a los procesados para defenderse en libertad a cambio de presentaciones periódicas o uso de grillete, no deberían otorgarse a los acusados de determinados delitos, sostiene Daniel Pontón, experto en seguridad: “No puede darse beneficio penitenciario a los cabecillas de bandas peligrosas”. Con él coincide Danilo Ruiz, perito en perfilación criminal: “Se aprehende al delincuente, pero dan medidas sustitutivas. Hay demasiadas garantías y derechos humanos a favor del victimario y no del derecho restaurador de la víctima. Estamos descuidando a la víctima y eso genera un sentimiento de injusticia”. Agrega, además, que los reclusos deben cumplir jornadas laborales para “devolver a la sociedad lo que arrebataron” y desvincular a los policías y funcionarios corruptos: “Antes, (para los policías) no solo era la baja, sino una ceremonia deshonrosa, era una lección para los que no estaban alineados. Ahora son acciones administrativas, acciones de protección”. Los penalistas Vanegas y Julio César Cueva hacen un llamado a Fiscalía y Judicatura para que se cumpla con el ‘concurso real de infracciones’ y así a los acusados de tráfico de droga se les sumen las penas por otras faltas cometidas, como lavado de activos, delincuencia organizada, entre otras, hasta que sumen máximo 40 años, como lo estipula el COIP. Cueva sugiere, también, aplicar la ley de extinción de dominio para que el Estado tome los bienes de origen ilícito o injustificado en un menor tiempo: “(La ley) está hecha para que después de que ganes el juicio, en diez años, te incauten los bienes, cuando ya los vendiste, y cómo le quitas una propiedad a un comprador de buena fe”. Ambos juristas coinciden en que la tabla referencial de sustancias ilícitas, creada en 2014 y reformada en 2015, permitió diferenciar al consumidor del traficante. “Lo que hizo el COIP ayuda al juez para que compare si es baja, mediana o alta escala y, según eso, fijar la pena”, refiere Cueva. Otra observación que realizan los especialistas es sobre la aplicación ‘a conveniencia’ de la notificación al sujeto procesado. “Aquí primero le avisan y luego investigan, pero la norma dice que el resultado de la investigación sirve para que en caso de que te vayan a imputar cargos tú puedas defenderte (…). El único que me puede imputar un delito es la Fiscalía, yo me defiendo de la imputación fiscal y eso se produce en la formulación de cargos, no antes”, explica Cueva, quien considera necesario crear expedientes electrónicos y, a través de una resolución de la Judicatura, cambiar el sorteo de las causas para que sea a nivel nacional: “Si cometes el delito en Guayas, el sistema va a sortear a todos los jueces, menos a los de Guayas (…), no sabes dónde está y así se evitará que lo corrompan, lo asesinen o lo compren”.

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Detener inmediatamente la producción, demorar el proceso o que la Asamblea Nacional analice el tema, las diversas posturas sobre consulta del Yasuní

El Universo .– De acuerdo con el constitucionalista Ismael Quintana, no hay otra salida que cumplir inmediatamente el dictamen de la Corte Constitucional. Detener inmediatamente la producción petrolera del bloque 43, empezar un proceso de cierre desde el sector Ishpingo y luego avanzar con el proceso durante un año, o esperar al siguiente gobierno a que la próxima Asamblea Nacional analice el tema, son tres de los escenarios distintos que plantean un jurista, una ambientalista y un defensor de la extracción petrolera.   Esto en medio de la polémica causada por los comentarios del presidente de la República, Guillermo Lasso, filtrados en un video en una reunión con sus principales colaboradores, en Carondelet, sobre la inaplicabilidad de lo decidido en la consulta popular del Yasuní: dejar el crudo del bloque 43 en tierra.   Es que el mandatario menciona en dicha reunión, en la que habría sido grabado por un colaborador: “No queremos que termine la producción del bloque 43, no queremos y no vamos a apoyar ni a apurar ningún trámite. Por ahora no”. Además consideró que “la autoridad puede poner la ley que quiera, pero si es inaplicable, qué quiere que haga”. Así, dijo que “es inaplicable la consulta” y que van a sostener esta posición “el mayor tiempo posible”. La Corte Constitucional había considerado, en su dictamen 6-22 CP/23, que en caso de ganar el Sí, se realizará un retiro progresivo y ordenado de toda actividad relacionada a la extracción de petróleo, en un término no mayor a un año, desde la notificación de resultados oficiales, lo que ocurrió hace una semana. Sin embargo, Roberto Aspiazu, vicepresidente de la Cámara de Energía del Energía del Ecuador, ve el cierre del bloque ITT, tras el triunfo del Sí en la consulta, como algo relativo. Asegura que aún la Asamblea Nacional podría analizar el tema, ya que en el 2013 este ente legislativo autorizó la explotación, pero la Corte Constitucional omitió el tema. Menciona que hay que prestarle atención al artículo 407 de la Constitución que indica: “Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular”. Para Aspiazu hay varios aspectos que hacen que el resultado sea inviable. La consulta permite, en este caso, que haya retroactividad. En cambio, en el caso de la consulta del Chocó, la decisión se aplica de aquí a futuro. Se validaron firmas del 2013. Se hizo de manera nacional, cuando otro tipo de consultas se hacen de manera local. En Orellana y Sucumbíos ganó el No. Además se duda de la actuación de la Corte, cuando uno de sus jueces, que en su momento aupó el proceso en lo interno de la Corte, ahora es uno de los voceros de los ambientalistas. La gente que votó no estuvo bien informada, la pregunta era confusa. Y la campaña fue corta. Esa misma pregunta está mal planteada, pues habla del bloque ITT, aunque solo el 50 % de este se ubica dentro del parque Yasuní. En este sentido, para Aspiazu, la Asamblea Nacional debería anular lo que hizo la Corte. En todo caso, dice que aunque no hubiese la intervención de la Asamblea, el proceso de desmantelamiento sería muy complejo. Primero hay que trabajar una normativa para el levantamiento de campos petroleros. Además, indica que no hay firmas especializadas en el tema de desmantelamiento de infraestructura petrolera, menos aún si esta se encuentra en funcionamiento. Asegura que el plazo de un año es impracticable.   En cambio, Pedro Bermeo, representante del Colectivo Yasunidos, explica que más allá de la pregunta hay un dictamen emitido por la Corte acerca de la consulta, que debe ser cumplido y que consta en el expediente 622 CP. Expone que las tres cosas que establece en concreto es que debe haber un “retiro progresivo y ordenado del bloque”. Para Bermeo, es necesario recalcar que los dictámenes de la Corte deben ser cumplidos de manera inmediata. En este sentido, sostuvo que no se puede seguir explotando “como que nada ha pasado”, sino que el Gobierno debe empezar a cumplir el dictamen. Para empezar debería cerrar la actividad de Ishpingo. Además, dice que se debe aplicar el plan de abandono, que ya existe, pues toda operación petrolera para obtener las licencias ambientales y de operación debe contar con este tipo de plan. Solo habría que ajustarlo o actualizarlo. Ratifica que el Gobierno y Petroecuador deben abstenerse de firmar cualquier nuevo contrato que tienda a alargar la explotación petrolera. El tercer elemento, que es de inmediato cumplimiento, es llevar adelante la remediación de los pasivos ambientales que ha provocado la industria extractiva y la protección de los pueblos aislados. Para Bermeo, cualquier tipo de declaración que vaya en detrimento del dictamen podrá ser un indicio para declarar su incumplimiento, lo que puede ser juzgado como delito, penado con cárcel. Recuerda que lo que deben hacer durante el año término que existe de plazo es desmantelar y taponar pozos, plataformas y sacar la infraestructura. Empezar el proceso de remediación. Si la Asamblea avoca conocimiento del tema, dice que eso también llevaría a un incumplimiento del dictamen, lo que puede acarrear destitución y cárcel. Entre tanto, el constitucionalista Ismael Quintana -quien asegura que votó No en la consulta- considera que en este momento están en juego las consecuencias del incumplimiento de un dictamen de la Corte Constitucional. “La consulta no salió del viento, sino de un dictamen de la Corte Constitucional, que es de obligatorio cumplimiento”, sostiene. El dictamen obliga, por tanto, al Gobierno a implementar un régimen transitorio para el retiro de la actividad petrolera del bloque 43. Apenas oficializados los resultados, lo cual sucedió hace pocos días, empezó a correr el plazo de un año para que cese toda actividad en el bloque

Detener inmediatamente la producción, demorar el proceso o que la Asamblea Nacional analice el tema, las diversas posturas sobre consulta del Yasuní Leer más »

Reforma propuesta por Comisión Interinstitucional para fondo de pensiones del IESS irá a otra comisión para su revisión

El Universo .– Los trabajadores dependientes, según la propuesta ajustada, tendrán un techo de aporte sobre un sueldo de $ 8.000.   El presidente de la República, Guillermo Lasso, enviará el anteproyecto de ley de reforma al fondo de pensiones del IESS a otra comisión, esta vez jurídica, para que analice lo presentado por la Comisión Interinstitucional del IESS, este 7 de agosto.   Así lo informaron Pablo Lucio Paredes, decano de Economía de la Universidad San Francisco de Quito, y Andrés Hidalgo, experto económico, quienes formaron parte de la Comisión Interinstitucional, junto con otros cinco miembros, y que hoy llegaron a Carondelet para presentar un informe técnico actualizado con nuevos aportes de grupos que quisieron sumarse a la iniciativa y un anteproyecto de ley. Al ser consultados sobre cuánto tiempo durará ese proceso de revisión de una nueva comisión o quiénes lo integrarán, Hidalgo respondió que lamentablemente no tienen información del tema.   Este 7 de agosto, los comisionados entregaron la documentación al secretario jurídico de la Presidencia, Juan Pablo Ortiz, en una reunión breve que se llevó adelante desde las 10:00. Pablo Lucio Paredes y Andrés Hidalgo llegaron hasta Carondelet para entregar la documentación relacionada con las recomendaciones y un anteproyecto de ley sobre reforma al IESS. Foto: Patricia Sandoval Entre tanto, ambos comisionados, ya afuera del Palacio presidencial, explicaron que se hicieron una serie de ajustes a la propuesta original tras la socialización. Pablo Lucio Paredes explicó lo siguiente: Se cambió el tema de que se pensaba que la mitad del fondo de reserva vaya a un ahorro obligatorio. Ahora se lo aplicará solamente a quienes tengan un salario superior al básico, porque se considera que quienes tienen el básico no tendrían capacidad de ahorro.   Además se ha buscado equilibrar las condiciones de jubilación tanto para los independientes como los dependientes. Se había indicado que los independientes podrían aportar hasta un cierto nivel y no se había dicho nada de los dependientes. En cambio ahora, tras la socialización, se propone que también los dependientes tengan un límite de $ 8.000 para aportar.   La propuesta en general, que solo atañe al tema de pensiones, dice que se respetarán los derechos adquiridos de los jubilados en todos los sentidos. Propone incrementar los años de aportes de manera gradual a 35 años. También que se aporte por catorce salarios al año y no por doce como es hoy, pues cuando la persona se jubila recibe catorce pensiones y no doce. La pensión tendrá varios componentes, como una pensión básica que proviene del 40 % de la contribución del Estado ($ 225), el resultado del ahorro de todos los años aportados y un fondo de ahorro complementario. El fondo de cesantía servirá como un fondo de ahorro y para el cálculo de la pensión se irá ampliando el número de los mejores años, de manera paulatina (un año anualmente), hasta llegar a los 30 mejores años. También se plantea que se llegue a un acuerdo, en seis meses, para el pago del 40 % que adeuda el Estado al IESS.   Hidalgo dijo que se ha propuesto que se trate el tema de salud con otra comisión.   Ambos comisionados también hicieron votos para que la propuesta sea tomada en cuenta en este Gobierno, pero si no es así, que el próximo la pueda considerar como un insumo para una pronta reforma. Es que según Pablo Lucio Paredes, si no se aplica una reforma en los próximos dos años, en menos de cinco años llegaremos a la quiebra progresiva del fondo de pensiones. Esto significaría, por ejemplo, que no habrá la liquidez suficiente para pagar las pensiones, y se pagará solo un porcentaje: el 90 %, y el año siguiente el 80 %, y así en el tiempo. El experto indicó que la presentada es una propuesta “sensata, justa y acorde a la idiosincrasia de los ecuatorianos”.     Por su parte, Andrés Hidalgo aseguró: “Aún estamos a tiempo de salvar al IESS, pero depende del sector político, del Gobierno actual, de los candidatos a la Presidencia, para que aborden responsablemente el tema de la Seguridad Social”. Explicaron que aunque los candidatos hablan de pagar la deuda al IESS, eso no es suficiente para que haya una sostenibilidad en el tiempo.

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Ecuador entra en la lista de peores países para los trabajadores

Primicias .– El Índice Global de Derechos 2023 mide las garantías y derechos de los trabajadores en cada país. Ecuador consta en la lista por la vulneración de tres derechos laborales colectivos. Los derechos colectivos de los trabajadores son una deuda del Ecuador, según el último Índice Global de Derechos. El reporte ubica a Ecuador entre los 10 peores países por tener leyes regresivas y por la violencia policial contra los huelguistas.   El reporte es elaborado por la Confederación Sindical Internacional, la central sindical más grande del mundo, que cada año califica a los países según su grado de cumplimiento de los derechos laborales colectivos y las violaciones de derechos reconocidos a escala internacional.   Esta vez, la novedad es que Ecuador entró en la lista de peores países en la materia, junto a Bangladesh, Belarús, Egipto, Eswatini, Filipinas, Guatemala, Myanmar, Túnez y Turquía. La organización registra las violaciones respecto a 97 indicadores derivados de los convenios y jurisprudencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a la que Ecuador está suscrita. Y la calificación varía entre 1 y 5 puntos: Violaciones esporádicas de los derechos. Violaciones repetidas de los derechos. Violaciones regulares de los derechos. Violaciones sistemáticas de los derechos. Derechos no garantizados. Y hay un último grupo que obtiene automáticamente un 5+ porque los derechos laborales no están garantizados debido a la ruptura del Estado de derecho, que se deriva de un conflicto interno o una ocupación militar. Sin embargo, hay que aclarar que, aunque Ecuador se ubica en el punto más alto y negativo de la escala de 1 a 5 puntos, hay otros países en la región que obtienen la misma calificación: Brasil, Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Haití y Perú. El derecho laboral colectivo que más se ha vulnerado en la región es el derecho a la huelga, seguido de los derechos al registro de sindicatos, a la negociación colectiva, a la afiliación a sindicatos, a la asociación colectiva y el acceso a la justicia. En la lista de violaciones también están los arrestos y detenciones, la violencia, la restricción a la liberta de expresión y reunión, así como el asesinato de sindicalistas. Los detalles El hecho de que Ecuador se ubique en el top 10 de 2023 se debe a que el estado de los derechos laborales colectivos no ha cambiado y, especialmente, al último paro nacional, de junio de 2022. El reporte recoge que «las protestas masivas en favor de la democracia y los derechos colectivos, convocadas por organizaciones de pueblos indígenas y sindicatos, fueron brutalmente reprimidas y se saldaron con detenciones, heridos y muertos«. El documento explica que el marco jurídico para los derechos de los trabajadores en Ecuador es «sumamente restrictivo» y que sigue obstaculizando el desarrollo de sindicatos independientes fuertes. Así como que las autoridades siguen impidiendo el registro de sindicatos públicos y privados. Según el índice, hay tres derechos colectivos que se violentan en Ecuador: El derecho a la libertad sindical presenta: Barreras legales al establecimiento de organizaciones. Restricciones a formar y afiliarse a organizaciones de propia elección. Restricciones a los sindicatos a organizar su administración. Categorías de trabajadores a quienes la ley prohíbe o restringe la posibilidad de formar o afiliarse a sindicatos, o de ocupar cargos sindicales. Derecho a la negociación colectiva tiene: Obstáculos legales para el reconocimiento de los agentes de negociación colectiva. Restricciones al principio de negociación libre y voluntaria. Restricciones o prohibiciones de negociar colectivamente en algunos sectores. Y el derecho de huelga se ve limitado por: Restricciones para ciertos tipos de acción de huelga. Disposiciones que socavan el recurso a acciones de huelga o su eficacia. Limitaciones o prohibición de hacer huelga en algunos sectores. La información para el índice se recaba directamente con las organizaciones sindicales de cada país, no con los gobiernos ni empleadores. Después, la Confederación Sindical Internacional mantiene reuniones regionales con expertos en derechos humanos y sindicales para completar la información. Finalmente, un grupo de investigadores jurídicos analizan la legislación de cada país e identifican secciones en las que no se están protegiendo de manera adecuada los derechos colectivos de los trabajadores reconocidos a escala internacional. Reformas legales ‘atascadas’ Las centrales sindicales en el país llevan más de una década impulsando un nuevo Código del Trabajo, sin éxito. El mismo presidente Guillermo Lasso ofreció una profunda reforma laboral que no fue posible debido a los choques de posiciones con la Asamblea Nacional y los sindicatos. Ante la ausencia de una propuesta por parte del Ejecutivo, la Asamblea avanzó en el trámite del proyecto presentado por el Frente Unitario de Trabajadores, con el auspicio de Pachakutik, al que se fueron sumando aportes. Sin embargo, con la muerte cruzada y el cambio de autoridades previsto para el último trimestre de 2023, el trabajo legislativo en el país seguirá estancado unos meses más. Y la próxima Asamblea tendrá apenas un poco más de un año para ponerse al día con los pendientes en todas las materias.

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Corte Constitucional entra en sesión para tratar los decretos urgentes sobre impuestos y zonas francas, enviados por el presidente Lasso

El Universo .- Los magistrados fueron convocados, a partir de las 11:00 de este 16 de junio, por su presidente Alí Lozada El Pleno de la Corte Constitucional se encuentra reunido en estos momento en una sesión extraordinaria, a través de videoconferencia (plataforma zoom), para tratar los decretos de urgencia económica, relacionadas con los decretos ley sobre el tema tributario y sobre las zonas francas.   Ambos decretos fueron propuestos por el Ejecutivo, tras la declaración de muerte cruzada. La sesión fue convocada para este viernes 16 de junio, a las 11:00 justamente cuando se cumplen 30 días desde que el presidente de la República envió el primer decreto ley tributario con carácter de urgente en materia económica. Este plazo para el tema tributario coincide con el que se tomaba la disuelta Asamblea, para tratar temas económico urgentes.   El tema de los plazos de la Corte Constitucional para tratar los decretos urgentes, que no está definido en la ley, había sido objetivo del debate, pues se suponía que la Corte debía tratarlos en un proceso expedito en el cual su papel era verificar la constitucionalidad de los mismos. Sin embargo, la Corte se tomó un tiempo de un mes para el tratamiento que incluyó una audiencia para escuchar argumentos del ejecutivo y de varios amicus curiae que fueron convocados para aportar al debate.   La sesión fue convocada por el presidente de la Corte, Alí Lozada y en ella estaba previsto que se dé respuesta a la solicitud del presidente Guillermo Lasso para que se dé dictamen favorable respecto del “Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar”. La juez ponente del tema denominado 1-23-UE es Alejandra Cárdenas Reyes.   Enseguida se tratará el “Decreto Ley Orgánica Reformatoria para la Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo”, para lo cual la jueza ponente será Karla Andrade Quevedo.

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En qué consiste el plan migratorio que legalizaría a más de 12 millones de indocumentados en Estados Unidos

El Universo .- Esta iniciativa busca abrir una puerta que lleve a la ciudadanía a inmigrantes indocumentados que llevan al menos cinco años en ese país   Un ambicioso plan de reforma migratoria bipartidista fue elevado a consideración de la Cámara de Representantes por dos congresistas, María Elvira Salazar (republicana, de Florida) y Verónica Escobar (demócrata, Texas).   La iniciativa, señala El Nuevo Herald, permitiría dar “vía legal a la ciudadanía para los 12 millones de inmigrantes ilegales” que se estima viven en suelo estadounidense, “al tiempo que destina miles de millones de dólares a aumentar la seguridad fronteriza, un esfuerzo que pagarían los propios inmigrantes”.   De concretarse esta posibilidad será para quienes cumplan varios requisitos, entre esos no tener antecedentes criminales y aceptar someterse a un periodo de “redención” de siete años antes de calificar para la ciudadanía por naturalización, explica Univisión.   Salazar defiende su propuesta: “El proyecto de ley tendría una vía para que los inmigrantes que llevan más de cinco años viviendo ilegalmente en Estados Unidos salgan de las sombras”. El programa concedería a los inmigrantes ilegales autorización para trabajar y vivir en Estados Unidos. Foto: MOISES ÁVILA Plan migratorio para legalizar a más de 12 millones de personas en Estados Unidos De acuerdo con la cadena noticiosa, la congresista resume seis elementos importantes del plan: Aborda la seguridad e infraestructura fronteriza, Crea un estatus legal para los inmigrantes indocumentados que ya viven en Estados Unidos con la posibilidad de obtener la ciudadanía, Establece nuevas vías para los solicitantes de asilo Crea nuevas vías legales para los migrantes económicos y los menores no acompañados. El programa concedería a los inmigrantes ilegales autorización para trabajar y vivir en Estados Unidos durante siete años, en el marco de un programa denominado “Estatus de Dignidad”, previo pago de 5.000 dólares. Después de esos siete años, los inmigrantes calificarían para el “Estatus de Redención”, que conduciría a la ciudadanía con un costo de otros 5.000 dólares. Esto “supondría un gran alivio para millones de personas que, al margen de su situación migratoria irregular, se han comportado como ciudadanos respetuosos de la ley, pagando sus impuestos y criando hijos nacidos en Estados Unidos”.   Pasos hacia la ciudadanía La iniciativa gira en torno de este tipo de situaciones: Quien esté en una condición migratoria irregular en Estados Unidos, haya vivido por cinco años ese país y no tengan antecedentes penales pueden entrar a un programa que les ofrece permiso de trabajo y de viaje por siete años, explica la agencia EFE. En ese tiempo, “deberán pagar una suma de 5.000 dólares en “restitución” al gobierno”.   Estos fondos se usarán para ‘asegurar la frontera’ y para compensar a los ciudadanos estadounidenses que consideren que han sido reemplazados en sus puestos de trabajo por migrantes indocumentados. María Elvira Salazar de acuerdo con EFE Los candidatos elegibles se tendrán que agregar a la fila de casos en espera de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración. Foto: Istock Durante el periodo del “estatus de dignidad”, las personas no podrán tener acceso a servicios o programas sociales, explicó Salazar, según la agencia española.   Por ejemplo, tendrían que pagar su propio seguro médico, dijo Salazar a Univisión. Y, luego de completar los siete años, deberán esperar otros quinquenio para solicitar la ciudadanía estadounidense. Después de los siete años de espera, quienes hayan atravesado el camino de la ‘redención o dignidad’, como lo establece la iniciativa, calificarían para iniciar el proceso de búsqueda de la ciudadanía por naturalización a través del formulario N-400. María Elvira Salazar en Univisión Acota la congresista republicana que “a los inmigrantes bajo el programa Dignidad se les deduciría 1,5% de su salario para un fondo especial que se usaría para asegurar la frontera”.   “Ese porcentaje se deduciría en lugar del 7% que normalmente se toma para la Seguridad Social y Medicare”, señala El Nuevo Herald.   Los candidatos elegibles, resalta, “se tendrán que agregar a la fila” de casos en espera de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS). Antecedentes del plan Señala Univisión que el plan, denominado Ley Dignidad 2023, lo presentó Salazar en marzo de 2021 y 11 meses después dio a conocer una versión. Ninguna de las dos consiguió eco en las bancadas.   El plan original “incluía la legalización de dreamers y trabajadores esenciales que estuvieron en la primera línea de combate a la pandemia del covid-19, tanto en centros asistenciales como en la línea de producción y abastecimiento a la población”.   El proyecto de 2022, además, “exigía una permanencia de al menos 10 años en el camino de redención antes de calificar para la ciudadanía”.   Qué hace falta para la nueva iniciativa Para ser aprobaba en la Cámara de Representantes, controlada por los republicanos, el proyecto requiere 218 votos, mientras que en el Senado, bajo control demócrata, harían falta 60 votos y los republicanos solo tienen 49, enfatiza Univisión.

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Expectativa de incrementar a futuro entre $ 5.000 millones y $ 7.000 millones en exportaciones ecuatorianas desde zonas francas, a través de decreto ley si este se aprueba

El Universo .- ¿Cómo les fue a Colombia, República Dominicana, Costa Rica, en la generación de empleo, inversión y exportaciones con las zonas francas?   Ecuador podría llegar a tener entre $ 5.000 millones y $ 7.000 millones en exportaciones desde las zonas francas y Zonas Especiales de Desarrollo Económico, que se buscan impulsar a través del decreto ley de Atracción, Fomento de la Inversión para el Desarrollo Productivo.   Al menos esa es la expectativa del Gobierno al mirar el comportamiento en América Latina de las zonas francas. El ministro de Producción y Comercio Exterior, Julio José Prado, explicó que Ecuador a futuro podría llegar a un 25 % o 30 % de las exportaciones, tal como ha ocurrido en países como Costa Rica o República Dominicana. Si se toma en cuenta que actualmente Ecuador exporta unos $ 22.000 millones en exportaciones no petroleras, entonces la cifra que se podría alcanzar en zonas francas sería justamente esos entre $ 5.000 millones y $ 7.000 millones. El presidente Guillermo Lasso firmó el martes 23 de mayo dicho decreto que deberá ser aprobado por la Corte Constitucional. Sin embargo, no existe un plazo para que la Corte actúe.   Prado dio a conocer los datos de la región en este tema. Así, se pudo conocer que las zonas francas han favorecido tanto inversiones, empleo e incremento de exportaciones.   Colombia: $ 11.500 millones en inversiones 147.000 empleos $ 2.777 millones de exportaciones en 2021 (1 %) República Dominicana: $ 5.903 millones en inversiones 183.232 empleos $ 7.180 millones en exportaciones en 2021 (8 %) Costa Rica: $ 1.093 millones de inversión 139.373 empleos $ 8.271 millones en exportaciones en 2021 (13 %) Uruguay: $ 4.499 millones de inversión 15.235 empleos $ 4.549 millones de exportaciones en 2021 (8 %) En todo caso, Prado llamó la atención en el sentido de que las zonas francas por sí mismas no son una bala de plata, pues la historia ha demostrado que se requiere además que haya un gobierno proinversiones, que dé estabilidad económica, que genere competitividad.   De acuerdo con Alberto Acosta Burneo, editor de Análisis Semanal, el decreto es muy positivo y una opción importante para elevar la inversión. Lo que busca el decreto es generar empleo, y la manera de hacerlo es impulsando la inversión. También explica que las zonas francas son un mecanismo para crear territorios en los cuales hay un tratamiento diferenciado en el tema tributario y arancelario para hacer más atractivo al país para los inversionistas. De esta manera, el país se puede volver competitivo pues con las actuales reglas del juego no lo es y por ello inversionistas de todo el mundo prefieren invertir en otros países. “Al momento de crear estas reglas se busca que el país cree esa competitividad necesaria, se vuelve viable para que se monten negocios para servicios en el exterior”.   Este tipo de zonas, agrega, han dado buen resultado en otros países. Sin embargo, reconoce que ahora falta que sea aprobado por la Corte y que no sea derogado a futuro por la nueva Asamblea. Adicionalmente, dice que los frutos de este tipo de decisiones no serán a corto plazo, sino a largo plazo, porque son varios pasos los que hay que seguir. Entre ellos, que la Corte lo apruebe, que se genere un reglamento y que se genere confianza en los agentes económicos.   No es la primera vez que en Ecuador se intenta tener zonas francas o Zonas Especiales de Desarrollo Económico. Aunque muchas han fracasado.   Así, de acuerdo con los datos del Ministerio de Producción y Comercio Exterior, en Ecuador se han creado nueve Zedes, pero actualmente solo funcionan cuatro.   Las Zedes que actualmente están en vigencia son tres de tipo industrial y logístico ubicadas en el Puerto de Guayaquil (2021), Zofraport (2021, en Posorja) y Posorja (2016). Además una de tecnología e industrial, la del Litoral (2017), que funciona en la Espol. Otras que no tuvieron incidencia ni llegaron a funcionar de manera sostenible fueron Progreso, Yachay, Quito y Santa Rosa.   Adicionalmente existen tres zonas francas funcionando y relacionadas con los aeropuertos. Estas son:   EMPSA, en el aeropuerto de Quito, con 1.448 ha. Turisfranca, en el Teleférico de Quito con un área de 146 ha. TAGSA en el aeropuerto de Guayaquil con 21,44 ha. Dentro del decreto es establecieron varios beneficios para las empresas que participen de las nuevas zonas.   Exoneración del impuesto a la renta (IR) por diez años y quince años para los sectores fronterizos. Una vez finalizado el periodo de exoneración de IR, se podrá acceder a una reducción de 10 puntos porcentuales en este impuesto, por el tiempo que reste la vigencia de la autorización de la zona franca o ZEDE. Exención de tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicios aduaneros para importaciones de insumos, bienes de capital y materias primas destinadas a la zona franca o ZEDE. Impuesto al valor agregado (IVA) con tarifa 0 % para la adquisición de insumos, materias primas y bienes de capital importados, que se destinen exclusivamente a la zona autorizada. Exoneración del impuesto a la salida de divisas (ISD) en importaciones de bienes y servicios relacionados con la actividad autorizada. Las Zedes y zonas francas, con una vigencia de 20 años, se instalarán en áreas geográficas delimitadas, previo a la autorización del Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones (Cepai). A los administradores de las zonas se dispone una inversión mínima, durante los primeros cinco años, de $ 100.000; y para los operadores no habrá monto mínimo de inversión. ¿Cuáles son las restricciones que tienen estas zonas? Hay algunas prohibiciones como, por ejemplo, solo se aplica a empresas nuevas, no se permite el traslado de activos, el administrador que es el Cepai y el Ministerio de Finanzas son los que otorgan la autorización para el funcionamiento de una empresa en zona franca. Se garantizan derechos laborales de acuerdo a la legislación ecuatoriana. Además se garantiza la permanencia de las anteriores zonas y se les permite migrar al nuevo

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Corte Suprema de EE.UU. mantiene de momento el acceso a la píldora abortiva mifepristona

EL UNIVERSO .– La mifepristona es uno de los componentes de un procedimiento de dos fármacos que puede utilizarse durante las 10 primeras semanas de embarazo. La Corte Suprema de los Estados Unidos bloqueó los fallos de los tribunales inferiores que habrían impuesto restricciones a la mifepristona, una de las píldoras utilizadas en la mitad de todos los abortos en el país, mientras continúa el litigio. La mifepristona es uno de los componentes de un procedimiento de dos fármacos que puede utilizarse durante las 10 primeras semanas de embarazo. Tiene un historial de ser seguro y la FDA calcula que, desde su aprobación en 2000, 5,6 millones de estadounidenses la usaron para interrumpir embarazos. La breve orden de un párrafo de largo otorga una suspensión de cualquier restricción, otorgando una victoria a la administración del presidente Joe Biden y al fabricante de mifepristona, Danco Laboratories, que había apelado las decisiones de los tribunales inferiores. En respuesta a la decisión del viernes, Biden emitió un comunicado llamando a los votantes a llevar el tema del acceso al aborto a las urnas. “Lo que está en juego no podría ser más alto para las mujeres en todo Estados Unidos”, escribió, y prometió luchar contra “los ataques a la salud de las mujeres impulsados políticamente”. “Pero seamos claros: el pueblo estadounidense debe continuar usando su voto como su voz y elegir un Congreso que apruebe una ley que restablezca las protecciones de Roe contra Wade”, agregó Biden, citando una histórica decisión de la Corte Suprema de 1973 que protegió la derecho constitucional al aborto durante casi medio siglo. Ese precedente fue anulado en junio de 2022 bajo la actual mayoría conservadora de seis a tres de la corte, lo que generó desafíos legales en todo Estados Unidos que buscan limitar el acceso al aborto. La organización Planned Parenthood, defensora del aborto en EE.UU., elogió el viernes la decisión de la Corte Suprema. “Estas son buenas noticias, pero los hechos siguen siendo los mismos: El acceso a la mifepristona nunca debió haber estado en riesgo, en primer lugar”, manifestó la organización, proveedor líder del procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo. (I)

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OEA se pronuncia sobre la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de Ecuador

EL UNIVERSO .- El organismo resaltó algunos temas que contiene la normativa recién aprobada. La Organización de los Estados Americanos (OEA) se pronunció sobre la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de Ecuador, que fue sancionada, sin vetos, por el presidente Guillermo Lasso en febrero pasado.   Para el organismo, la legislación recién aprobada, llena vacíos al fortalecer la coordinación entre las instituciones del Estado, así como la articulación de estas con la sociedad civil, y al prever el establecimiento de mecanismos para prevenir y combatir la trata de personas y proteger y asistir a las víctimas con base en los derechos humanos y bajo un enfoque de género, interculturalidad, interseccionalidad, seguridad humana, territorial, intergeneracional y de movilidad humana.   “La Ley fortalece significativamente la prevención del delito de trata de personas mediante artículos relativos a la vigilancia y ordenación de los mercados laborales, medidas de reducción de la vulnerabilidad de niñas, niños y adolescentes”, dice la OEA.   Y continúa: “Prevé un período de reflexión, el cual permite que la víctima reciba atención especializada para su recuperación física, psicológica y emocional, así como asistencia legal, independientemente de si decide cooperar o no con el sistema de justicia”.   En el comunicado, la OEA resaltó algunos temas de la normativa sobre la trata de personas: 1. Concentración del tema de trata en una sola ley. 2. Diferenciación entre trata de personas y tráfico ilícito de migrantes en capítulos distintos. 3. Definición de víctima de trata de personas, independientemente del enjuiciamiento del caso. 4. Protección de víctimas, independientemente de su participación en el proceso penal. 5. Fortalecimiento de la gobernanza, con la articulación entre todos los entes del Estado y la sociedad civil, a nivel nacional y local. 6. Ampliación de los derechos de las víctimas. 7. Enfoque de género.   “Con ello, Ecuador pasa a alinearse con los estándares internacionales en materia de trata de personas y el Departamento de Seguridad Pública de la Organización de los Estados Americanos ratifica su objetivo de contribuir”, mencionó la OEA.

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