Ocho años de cárcel para hombre por tráfico de migrantes en caso de ecuatoriano desaparecido
Con base en los elementos probatorios presentados por Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua declaró culpable a William Geovani S. U., como autor directo del delito de tráfico de migrantes. El hombre fue sentenciado a ocho años de pena privativa de la libertad. La víctima continúa desaparecida desde abril de 2020. Los magistrados también dispusieron una multa de USD 8 000 y reparación integral a favor de la víctima de USD 20 000. En la audiencia de juicio, el fiscal del caso, Byron Viteri, relató que los hechos iniciaron en marzo de 2020, cuando William Geovani S. U., alias ‘El Volqueta’, le ofreció a Carlos Eduardo L. (la víctima) un viaje a Estados Unidos por el valor de USD 15 000. La víctima y su esposa le entregaron USD 4 000 y el 14 de marzo de 2020, Carlos Eduardo L. emprendió el viaje, llegando –vía aérea– hasta México. Desde ahí continuó con el recorrido vía terrestre hasta los Estados Unidos . No obstante, en abril de 2020 la familia perdió contacto con él. Pericia de ADN Fiscalía demostró tanto la materialidad del delito como la responsabilidad del hoy sentenciado con la presentación de varias pruebas. Entre ellas se incluyen: la denuncia presentada por parte de la esposa de la víctima, informes de movimiento migratorio. Además, una pericia de ADN realizada con una muestra de fluidos de la madre de la víctima. Estos fueron cotejados con cadáveres en México –que no dieron resultado positivo–, la pericia informática de conversaciones de redes sociales y mensajería instantánea. También se presentaron informes de la embajada del país norteamericano en donde se establecen que la víctima no tenía visa. De igual forma, se incluyó los reportes telefónicos en donde se evidencia el contacto y acuerdos con el hoy sentenciado. También, tablas de amortización de los préstamos realizados para cubrir los gastos del viaje, certificaciones bancarias y el reporte de ingresos del sentenciado. Este demostró ingresos por USD 20 000 y que el 38,32% corresponden a transferencias, entre otras. El 27 de octubre de 2020, en allanamientos coordinados entre Fiscalía y Policía Nacional, se detuvo y se formuló cargos a tres personas más. Estas habrían participado en otros tres casos diferentes, operando bajo la misma modalidad. Información jurídica El delito de tráfico ilícito de migrantes está tipificado en el artículo 213 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de la libertad de siete a diez años. Fuente: El Comercio