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Ecuador: octubre 11, 2024

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Ecuador, octubre 11, 2024
Ecuador Continental: 12:25
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Sumario administrativo para vicepresidenta Abad por retraso en viajar a Turquía

El Ministerio de Trabajo inició un sumario administrativo contra la vicepresidenta de la República, Verónica Abad, por tardarse casi 9 días en presentarse en su puesto de trabajo en Turquía. Abad, quien fue designada por el presidente Noboa como “embajadora por la paz”, estaba en Israel. Por su propio pedido se ordenó su traslado a Ankara, Turquía, debido a razones de seguridad. LEER TAMBIÉN: Vicepresidente Verónica Abad recula y viaja a Turquía LEER TAMBIÉN: Cancillería aclara que Abad viajó a Turquía por su propia voluntad La segunda mandataria debía presentarse el 1 de septiembre, pero recién llegó el 9, sin presentar justificación alguna. Para todo funcionario público, 3 días de ausencia no motivada es causal suficiente para un sumario, que puede conducir a la destitución. Incumplió órdenes superiores Ruth Espinoza, directora de Recursos Humanos del Ministerio, dentro de la causa MDT-SSCRSSP-DRSASP-SAPE-2024-001, repasó las obligaciones que tiene todo burócrata, incluyendo a la propia vicepresidenta, de acatar las órdenes superiores. La Constitución de la República vigente establece que quien ejerza la Vicepresidencia, debe cumplir exclusivamente las disposiciones que emita el presidente. Tal como consta en la documentación presentada por la Cancillería, Abad debía viajar a suelo turco, para lo cual le dio un plazo razonable. Sin embargo, la mandataria se negó a hacerlo, y tal como consta en las redes sociales, lo hizo con casi 9 días de retraso, pese a la instancia. Llegó con casi 9 días de retraso La Embajadora de Ecuador en Turquía, Lourdes Puma, confirmó que el arribo ocurrió el 9 de septiembre. Por tanto, el Ministerio estableció el respectivo sumario, y otorgó la notificación respectiva a la vicepresidenta, para que presente las pruebas de descargo que considere convenientes, señale casillero y designe a su defensor. De acuerdo al artículo 42 de la Ley Orgánica del Servicio Público, entre las faltas disciplinarias graves se incluye la ausencia injustificada en el puesto de trabajo. Las posibles sanciones son: suspensión temporal sin goce de remuneración, y destitución.

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Ministra de Trabajo pide a Contraloría investigar contratos colectivos de empresas públicas

La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, pidió oficialmente a la Contraloría General del Estado, que realice exámenes especiales a 4 contratos colectivos, que benefician a los trabajadores de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) y Petroecuador. En la documentación entregada al contralor, Mauricio Torres, Núñez solicitó que un equipo de auditores analice posibles responsabilidades administrativas, o incluso indicios de responsabilidad penal, en dichos contratos, con miras a posteriormente darlos por anulados. Para la ministra, los mismos violan las normativas legales, ya que como resultado, algunos servidores ganan más que el presidente de la República, lo cual está expresamente prohibido. Núñez pidió establecer bajo qué conceptos se aprobaron estos contratos colectivos, pues significan un enorme egreso para el Estado. A fin de evitar más abusos, el Ministerio del Trabajo, hace 20 días, expidió un reglamento de contratos colectivos y actas transaccionales, tanto para el sector público como el privado. Dicho reglamento permite revisar los acuerdos, que solo podrán ser válidos si tienen dictamen obligatorio y vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, se fijan techos a los salarios en el sector público. Entre las prebendas de los contratos colectivos, destacan enormes indemnizaciones en caso de despidos, alzas salariales aseguradas, pago de guarderías, bonos por varios conceptos, beneficios por “eficiencia”, incluso si se producen pérdidas, entre otras.

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Era necesario actuar contra excesivas prebendas de los contratos colectivos, advierte ministra de Trabajo

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, defendió el Acuerdo 80, emitido hace pocos días, que mediante un reglamento elimina algunos de los excesivos privilegios, que tienen ciertos sindicatos del sector público. En diálogo con Carlos Vera, en nuestro programa “Del Día a la Noche”, Núñez recordó que dicho reglamento ya existe. Lo que hizo el acuerdo, dijo, es simplemente contextualizarlo. El gran objetivo, precisó la ministra, es evitar que los trabajadores del Estado, bajo la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), con diversos pretextos sean trasladados al Código del Trabajo, y de ese modo se conviertan en beneficiarios de las “conquistas” de los contratos colectivos. Núñez advirtió que la ley establece dos parámetros fundamentales para tales contratos: que el Ministerio de Economía y Finanzas otorgue el visto bueno, en base a los recursos, y que los beneficiarios sean obreros. Es decir, quedan exentos cargos directivos y gerenciales, que son de libre nombramiento y, por tanto, de libre remoción. Muchos de los trabajadores sindicalizados de CNEL, no formaban parte de este beneficio, pero los ingresaron por vía administrativa. La ministra dejó en claro que cuando no se cumplen las disposiciones, el contrato puede ser declarado nulo, y con él, todas las prebendas. Lo intentaron en CELEC La funcionaria denunció que el pasado mes de marzo, el sindicato de La Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC), planteó acciones de protección, para trasladar a 1.080 servidores, desde la LOSEP al Código del Trabajo. Su objetivo era que dichos empleados se volvieran parte del contrato colectivo, con beneficios retroactivos de 5 años. Un abuso que le hubiera costado al Estado 200 millones de dólares. Fue necesario que ella, junto al ministro de Energía encargado, Roberto Luque, y asesores de la Procuradoría, se presentaran en la audiencia, para que el recurso fuera rechazado.   Programa completo:    

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Ley de “desconexión digital” no incluyó a Ministerio de Trabajo y empresarios

La llamada “Ley de Desconexión Digital”, aprobada semanas atrás por la Asamblea Nacional, sigue generando polémica. Dicha ley establece que los patronos no pueden llamar ni escribir a sus empleados, fuera de los horarios de trabajo, pues se consideraría acoso. Pero hay más aristas. De acuerdo al Ministerio de Trabajo, el Parlamento nunca solicitó su parecer sobre esta nueva ley. Parecido reclamo realiza el sector empresarial, que se queja de la falta de apertura de la comisión parlamentaria y del pleno. En ambos casos hay graves reparos a la nueva normativa. Y los empresarios, incluso, analizan presentar una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional. Ambas partes sostienen que la actual jurisprudencia ya tenía capítulos referente a este tema, y lamentan que, durante los análisis, no los tomara en cuenta para expresar sus puntos de vista, pese a que son parte fundamental de la relación laboral. Tanto la ministra, Ivonne Núñez, como el sector patronal, no tienen claro la necesidad de esta nueva ley, pues si bien hay que proteger los derechos de los trabajadores, ya existían regulaciones muy claras. Su preocupación apunta a las sanciones que se aplicarían a los patronos, que no respeten los horarios de descanso de sus empleados, y el incumplimiento de un diálogo tripartito. Su opinión es de desencanto, por no haber sido incluidos en un tema de tanta importancia.

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Sindicatos reconocen que hay prebendas salariales, pero solo en pocos casos

Los trabajadores de las mayores empresas públicas del país, negaron supuestos “sueldos dorados” en la nómina, como denunció en su momento la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez. Según los sindicatos, la mayoría de empleados gana menos que el presidente de la República (5.072 dólares mensuales), como señala la ley. Reconocen que unos cuantos superan ese monto, pero no tantos como afirma la ministra. Núñez señaló que Petroecuador La Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) y la Corporación Eléctrica de Ecuador (Celec), gracias a sus beneficios sindicales, tienen casos que superan los ingresos del jefe de Estado. Estas 4 empresas públicas, pertenecientes a sectores estratégicos, tienen 27.807 empleados. De dicha cantidad, 20.849 (es decir, el 72,4%) tienen contratos colectivos amparados bajo el Código de Trabajo, y están en los sindicatos de las empresas. Sus dirigentes aceptan que 51 funcionarios tuvieron sueldos mensuales superiores a los del Presidente, con corte a febrero pasado. Se trata de funcionarios de nivel jerárquico superior, cargos de libre remoción. El gobierno puede recortar salarios de este sector, pero no del resto, porque eso implicaría despidos intempestivos, y obligarían a darles una fuerte indemnización.

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Polémica por nuevas prebendas creadas en CNT para trabajadores

En plena controversia por los llamados “sueldos dorados” en ciertas instituciones públicas, una nueva prebenda burocrática genera fuertes críticas. Resulta que el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CNT), de acuerdo al contrato colectivo, deberá crear bonos por antigüedad y por hijos. El beneficio es para los miembros del Comité de Empresa, es decir el 81% de los trabajadores. El nuevo contrato colectivo, el tercero ya, implicará gastos anuales adicionales por 7 millones de dólares. Las prebendas fueron aprobadas por un tribunal de conciliación y arbitraje del Ministerio de Trabajo, sin el apoyo de la empresa. CNT cerró el 2023 con pérdidas de casi 51 millones de dólares. Durante las negociaciones previas, CNT no estaba de acuerdo con varios de los beneficios del contrato colectivo, por lo que no hubo acuerdos con el comité de trabajadores. Entre las prebendas está un nuevo subsidio familiar para cada trabajador del sindicato. Se trata del 0,6% de la remuneración mensual del trabajador, por cada hijo menor de 18 años. Por ejemplo, un trabajador que gane 2.000 dólares al mes y tenga dos hijos, tendrá un pago adicional de 24 dólares. También se incluye un nuevo subsidio por antigüedad, del 0,25% de la remuneración por cada año de antigüedad al empleado, aunque no podrá superar los 60 dólares. Otros beneficios que ya existían en el anterior contrato, y se mantienen en el nuevo, son subsidios de transporte y alimentación, además de un alza de 20 dólares al salario de los trabajadores en el primer año de vigencia del contrato colectivo, y 20 más por el segundo año. Además, se mantiene la subvención de guardería para los hijos de los trabajadores, que tengan hasta cinco años de edad. CNT tendrá que seguir pagando una subvención, equivalente al 20% de un salario básico, por cada hijo. El fallo del tribunal señala que la falta de recursos de la empresa, no es una razón válida para no aceptar los beneficios que plantea el contrato colectivo.

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Prohibidos los “sueldos dorados” en todo el sector público

El Ministerio de Trabajo estableció un límite a los sueldos que regirán en el sector público, a fin de impedir que ciertos directivos ganen más que el presidente de la República. Esta normativa ya existía, pero en ciertas instituciones habían encontrado la forma de evadirla. Desde ahora rige un tope de 5.072 dólares, en las remuneraciones de los servidores y trabajadores del Estado, incluyendo las empresas públicas. El escándalo se desató al realizar un análisis del gasto de personal, en 10 empresas del sector estatal. El estudio reveló más de 1.000 puestos con ingresos superiores al salario del presidente. Entre estos, un jefe de Tesorería de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec), en Esmeraldas, que registra ingresos por 64.845 dólares en un mes; y un líder de Servicio al Cliente en Guayaquil, que percibía 13.883,51 dólares. El nuevo acuerdo ministerial, emitido el pasado domingo, establece rangos de remuneración según el grado del servidor: desde 5.072 dólares para el grado 10, hasta 2.115 dólares para el grado 1. Por tanto, las entidades públicas tienen la obligación de ajustar las remuneraciones de sus servidores a estas nuevas escalas, que serán vigiladas por la Contraloría.

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Se espera que en Ecuador se puedan generar nuevos empleos

Ivonne Nuñez, ministra de Trabajo, menciona que durante los primeros cuatro a cinco meses de aplicación de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, se generarán alrededor de 4.000 y 5.000 empleos.  Esto se daría luego de la reducción en el pago de impuestos establecidos a cambio de nuevas contrataciones.  Ante esto, Lorena Soria, economista e investigadora en mercados laborales, aclara que los incentivos fiscales por sí solos no generan empleo, a menos que sean parte de un paquete integral de medidas para reducir costos para la contratación, el despido entre otros temas. Por otro lado, un informe elaborado por el banco Santander US Capital Markets, la ley aprobada por el Gobierno de Daniel Noboa no plantea nada transformador y tampoco soluciona el problema del alto déficit fiscal estructural. 

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Ministra de trabajo ve oportuna la jornada laboral por horas

Ivonne Núñez comentó los cambios que considera necesarios en materia laboral. Este lunes 18 de diciembre, la ministra de trabajo, habló del empleo por horas y los contratos a plazo fijo durante una entrevista con Ecuavisa. Núñez expresó que le parece “oportuno y correcto”, sobre todo para los jóvenes. “Somos de la idea, los laboralistas de Iberoamérica que, frente a las condiciones y circunstancias que vive, sobre todo la juventud en el mundo se hace necesaria la incorporación del trabajo por horas”. Comentó. Además, agregó que no hay que confundir la flexibilización laboral con precarización laboral. La primera, es una incorporación de modalidades de formas de trabajo de acuerdo al mercado, la segunda, conlleva no tener seguridad social, no tener contrato, condiciones de trabajo deplorables, entre otros. “Trabajo por horas que se realiza en otras sociedades sin ninguna dificultad en la medida en que se cumple con el contrato debidamente establecido y con la seguridad social. Permite a los jóvenes incorporarse al mercado laboral”, expuso. Al ser consultada sobre la posibilidad de modificar la constitución en caso de aprobar el trabajo por horas, La ministra respondió que “el Gobierno no le tiene miedo a los retos”.

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Estos son los delegados que discutirán cuál será el salario básico de 2024

Primcias .- Los nuevos representantes del sector de los empleadores y trabajadores tendrán que discutir sobre cuál debe ser el salario básico de 2024. El lunes 2 de octubre de 2023 está previsto que se posesionen los nuevos representantes del sector de los empleadores y trabajadores ante el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios. Los nuevos miembros tendrán que discutir sobre cuál será el nuevo salario básico unificado para 2024. Una vez que los representantes de los trabajadores y de los empleadores reciban sus credenciales el 2 de octubre, se convocará a la primera reunión para analizar el nuevo salario. El Ministerio de Trabajo informó el 26 de septiembre de 2023, que en dos sesiones se eligió a los representantes de los dos sectores. Los delegados fueron elegidos para el período 2023-2025. ¿Quiénes discutirán sobre el salario básico? Por el sector empleador están Paúl Corral Ponce, Xavier Rosero, Tania Pazmiño y Francisco Chiriboga, como representantes titulares. Y como suplentes están Luis Poveda, José Antonio Hidalgo, Luis Romero Pintado y Carlos Alberto Mayorga. El sector trabajador eligió como representantes titulares a Marcela Arellano, Mesías Tatumuez, Edwin Salazar y Oswaldo Chica. Además, como representantes suplentes, se eligió a Oscar Moreira, Luis Cherrez, Cristóbal Buendía y Juan Carlos Coral. Las dos partes pueden proponer alzas o mantener el sueldo igual que en el año en curso, pero si no llegan a un consenso, el Ministerio de Trabajo termina fijando el salario básico unificado. Esto ocurrió en 2022, cuando el Ministerio fijó en USD 450 el salario básico, porque las dos partes no llegaron a un acuerdo.

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Proyecto de ley busca eliminar la condición de edad en los anuncios de empleo

EL COMERCIO .- La Comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social de la Asamblea Nacional inició la fase de socialización del proyecto de Ley que unifica cuatro propuestas laborales. Estas son: el trato en el sistema laboral; la inserción laboral de los jóvenes; el fomento del trabajo juvenil; y, el empleo a grupos vulnerables. Este proyecto de ley pretende garantizar el trabajo en todos los niveles y sin discriminación. Uno de sus objetivos es beneficiar a las personas mayores de 40 años, por la experiencia que han adquirido. Y, a su vez, impulsar el empleo joven en los sectores público y privado.   El proyecto de ley implicará cambios significativos en los procesos de selección de personal y en las prácticas laborales internas de las empresas, señaló José Loayza, socio y líder del área laboral en Census Consultores.   Principales reformas del proyecto de ley Entre las principales reformas al Código del Trabajo ya la Ley Orgánica del Servicio Público se encuentran la prohibición al empleador de incluir condiciones de edad en los anuncios de empleo o solicitar fotografías en la hoja de vida.   Además, el proyecto señala que la persona que se sienta vulnerada por discriminación por edad podrá interponer una demanda judicial. Si se demuestra que hubo una marginación por edad, se multará a la empresa con tres a 20 salarios básicos unificados (SBU).   Otra de las medidas clave en el proyecto de ley es la protección de empleados con más de 20 años de servicio o que tienen más de 50 años de edad. Esta disposición tiene como objetivo equilibrar la contratación de trabajadores jóvenes sin comprometer la continuidad laboral de las personas que se acercan a la jubilación.   Asimismo, la empresa o institución pública que cuente con un mínimo de 25 trabajadores deberá contratar, al menos, una persona de entre 18 y 29 años. En el segundo año, este porcentaje de contratación cambiará al 1% del total de los trabajadores hasta llegar al 4% de contratación en el quinto año. Esta misma obligación se aplicará respecto a la contratación de personas mayores a 40 años.   En los contratos eventuales, ocasionales o de temporada de la empresa privada o instituciones públicas, los trabajadores contratados deben ser al menos el 20% mano de obra juvenil. Además, el 30% será mano de obra femenina, señala el proyecto.   Asimismo, la remuneración por pasantías no podrá ser inferior al salario mínimo sectorial para la rama de actividad que corresponda a la carrera que cursa el pasante. Actualmente, la ley establece que el pago sea la tercera parte de un salario básico.   Según el Instituto de Estadísticas y Censos (INEC), el 29% de las personas de entre 18 y 29 años tienen empleo pleno, mientras que la cifra aumenta al 36% en las personas de entre 45 y 64 años. Sin embargo, para aquellos mayores de 65 años, la tasa de empleo pleno disminuyendo potencia al 13%.   Se conoce como empleo pleno en el que se percibe ingresos iguales o superiores al SBU, y se trabajan 40 horas semanales o más.   Para Loayza, “una vez que la Asamblea apruebe el proyecto, los empleadores deberán considerar los nuevos presupuestos de contratación. Además, deberán tomar en cuenta los valores correspondientes por pago de pasantías, edades y género en la selección de personal”.   La socialización de las reformas continuará con la participación de más actores del ámbito laboral como el Ministerio de Trabajo, gremios, entre otros.

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