Los jueces fueron sancionados por aceptar una acción de protección presentada por la empresa y obligar a la CFN a recibir bienes como dación de pago.
La Corporación Financiera Nacional (CFN) informó este martes que tres jueces fueron destituidos por el Consejo de la Judicatura (CJ) por cómo actuaron en un proceso de cobro de coactiva por deudas entre la entidad estatal y la empresa JIK S. A.
Esto, después que el Consejo de la Judicatura acogiera el informe motivado, expedido por Katherine Calderón Álvarez, directora Provincial de Guayas del CJ en el Ámbito Disciplinario, el 3 de octubre de 2022. Este proceso ya tuvo una primera resolución, el 20 de julio del 2022, a cargo de la Corte Constitucional (CC), cuyo pleno falló por unanimidad a favor de la banca estatal y pidió al CJ abrir un sumario administrativo para revisar la actuación de los jueces.
Ahora, a través del Expediente Disciplinario MOTP-0632-SNCD-2022-JS, el pasado 7 de enero, la Judicatura oficializó la destitución de Adolfo Gaibor Gaibor, Carlos González Abad y José Coellar Punín, quienes ejercían como jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Guayas, sancionados por ser hallados responsables de haber actuado con error inexcusable al aceptar una acción de protección con medidas cautelares constitucionales presentada por la empresa en el 2020, lo que le permitía la extinción de la deuda, a través de una dación en pago.
Antes, a fines de 2019, la CFN había emitido una orden de cobro a JIK S. A., por un total de $ 5,5 millones, debido a valores vencidos, que para entonces contaban 272 días de mora.
Los jueces de instancias inferiores dispusieron que la CFN tenía que aceptar los bienes entregados en dación, lo cual dio lugar a su reclamo ante la CC, a través de una acción extraordinaria de protección.
Según la sentencia de la Corte, los jueces que habían fallado a favor de la compañía “desnaturalizaron la acción de protección, al haber dictado una medida de reparación que extinguió una obligación de naturaleza contractual”, que debió ser resuelta en la vía ordinaria.
La CFN le entregó el préstamo a la empresa en el 2010 para edificar una planta de tratamiento de agua ozonificada para uso industrial. Sin embargo, en agosto del 2012 pidió una ampliación de la tabla de amortización, en abril del 2013 solicitó una novación, en septiembre del 2014 se le dio la primera ampliación de plazo de esa novación y en agosto del 2015 la segunda ampliación.
Para cubrir la deuda la empresa ofreció un terreno de más de 13 hectáreas, lo cual no fue aceptado por la CFN alegando que perjudicaba a sus intereses.
En tanto, el 6 de julio de 2022, Fabián Pozo, secretario jurídico de la Presidencia, presentó un amicus curiae señalando que de aceptarse el planteamiento de JIK S. A. se estaría estableciendo “un precedente nefasto”.
“Queda absolutamente claro que la compañía accionante buscaba la declaración de un derecho, el que consistía que se le acepte -sin más- una medida de pago de carácter extraordinario (…) la imposición de una acción que a todas luces va en detrimento de la actividad de la CFN y del bien jurídico a proteger que es el dinero público (SIC)”, indicó en el documento.
Fuente: El Universo