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Unidad Popular reacciona ante la decisión del CNE de cancelar al partido político

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Por: L. Páramo

Ultima actualización: 2026-04-27 08:36:56

21 de abril de 2026. Protesta de Unidad Popular fuera del CNE. Geovanni Atarihuana, ( en el centro, con puño levantado), reclama la eliminación del registro electoral. API / Roberto Pastor

Unidad Popular reaccionó a la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre su cancelación. Este 26 de abril de 2026, Geovanni Atarihuana, representante legal de la organización política, calificó como una “vergüenza nacional” la resolución del organismo electoral.

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Minutos después de emitida la decisión, Atarihuana se pronunció en su cuenta de la red social X. Él escribió:

“Sin argumentos, fuera de tiempo, violando todos los procedimientos, la ley y la constitución con solo dos votos: Diana Atamaint y José Merino, incondicionales de Daniel Noboa, resolvieron cancelar el registro de Unidad Popular”.

¿Qué hará Unidad Popular?

Por ahora, el movimiento político considera que la resolución es nula por el fondo y la forma. Con ese argumento, Atarihuana aseguró que recurrirán a organismos nacionales e internacionales para que se trate el caso.

“Esto recién empieza, acudiremos al Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Corte Constitucional y Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Continuaremos defendiendo nuestro derecho de participación en todos los escenarios”, aseguró Atarihuana.

El movimiento Unidad Popular tiene previsto pronunciarse formalmente el 27 de abril de 2026, con el objetivo de anunciar tanto las acciones legales como las de movilización.

¿Qué decidió el CNE sobre Unidad Popular?

En una sesión marcada por enfrentamientos y la ausencia del vicepresidente del organismo, Enrique Pita, el Pleno se ratificó en la sanción para Unidad Popular por no contar con el número mínimo de adherentes y afiliados, según lo determina el Código de la Democracia.

El organismo tomó la decisión con base en el informe remitido por dos áreas técnicas del CNE, en el que se argumentó que el movimiento incurrió en el numeral 7 del artículo 327 del Código de la Democracia.

En la normativa se señala que será causal de cancelación haber disminuido el total de sus afiliados o adherentes permanentes a una cifra inferior al 50% del número exigido por la ley para su inscripción en el registro permanente de organizaciones políticas.

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