Los servidores judiciales, a escala nacional, se acogerán al período de receso que comprende del 23 de diciembre del presente año hasta el 6 de enero del año siguiente, en cumplimiento según lo establecido en el Art. 96 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).
Las dependencias jurisdiccionales que no tendrán actividades son aquellas que tienen competencia para las materias Civil, Mercantil, Laboral, Inquilinato, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo. Durante este período, los servicios, términos y plazos de estas dependencias estarán suspendidos.
Quienes no suspenderán la atención, son las unidades que tienen competencia en materias Penales, de Tránsito, Adolescentes Infractores, Violencia con la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar, Anticorrupción, Garantías Penitenciarias, Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.
Además, las 11 oficinas de mediación de la Función Judicial en Pichincha laboran con normalidad.
Ingreso de escritos y otros trámites que se realicen en ventanillas físicas y Oficina de Gestión Judicial Electrónica, están disponibles solo para las materias que no se acogen al receso.
En cuanto a las garantías constitucionales, por su naturaleza jurídica, deben ser atendidas con prioridad en el marco de la Ley.