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Conducir a exceso de velocidad ya no causará prisión en Quito

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Por: Fernando Castilla Fassio

Ultima actualización: 2025-01-29 12:29:46

La Corte Constitucional (CC) anuló la disposición del Municipio de Quito, que castigaba con prisión a los conductores que circulaban a exceso de velocidad.

La disposición municipal establecía que los usuarios que fueran a más de 60 kilómetros por hora, en las zonas donde el límite es 50 kilómetros, recibirían automáticamente 3 días de arresto.

Demanda por inconstitucionalidad

André Benavides, un reconocido constitucionalista, presentó una demanda ante la CC, pues advirtió que la sanción era desproporcionada e ilegal.

La pena por superar los 60 kilómetros por hora, era de 3 días de arresto.

El organismo concordó con su criterio, y declaró sin efecto la medida adoptada unilateralmente por el Municipio.

En cambio, se mantienen la multa, equivalente a un Salario Básico Unificado (SBU), y la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir.

Se mantiene la multa de un salario básico, y la pérdida de 10 puntos en la licencia.

El cabildo quiteño pretendía imponer una “cultura vial”, debido a los accidentes provocados por exceso de velocidad, pero su medida generó reclamos y críticas.

Aunque la Alcaldía trató de bajar el tono y anunciar campañas preventivas y de socialización, la CC ordenó cancelar de inmediato el arresto de los conductores infractores.

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