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Corte Constitucional no tiene potestad para cuestionar “emergencia económica” de decretos, advierte jurista

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Por: Fernando Castilla Fassio

Ultima actualización: 2023-07-18 10:47:41

Los nuevos decretos-leyes, enviados por el presidente Guillermo Lasso a la Corte Constitucional, se enmarcan en la normativa, y deberían ser aprobados.
Así se pronunció el constitucionalista Gonzalo Muñoz, al ser consultado por los micrófonos de “Punto de Orden”.
Muñoz se refirió a las propuestas que permiten refinanciar créditos impagos, especialmente educativos, y que establecen mejores condiciones para las empresas que están virtualmente en quiebra.
En el caso de esta última iniciativa, recordó que la actual ley otorga únicamente 24 meses, para que las compañías en problemas paguen sus deudas. El nuevo decreto, de ser aprobado, ampliaría ese plazo y otorgaría otras facilidades, pues el objetivo es, precisamente, evitar su cierre.
Para Muñoz se trata de un proyecto positivo, que no va en contra de la Constitución, y que brinda opciones para la reactivación del sector productivo, con lo cual se protegen los empleos. En suma, es una ley que permitiría aflojar la presión causada por la crisis económica, la pandemia y la inseguridad.
Atribuciones limitadas
El jurista recordó que, de acuerdo a las normas, mientras dure la ausencia de la Asamblea Nacional, disuelta con la “muerte cruzada”, la Corte Constitucional solo debe velar por la “armonía constitucional” de los decretos del Ejecutivo.
Por tanto, mal haría dicha institución en cuestionar la declaratoria de “urgencia económica”, una competencia que es exclusiva del presidente de la República, y que ni siquiera el Parlamento puede discutir.
En lo que sí coincide es en el llamado de “amicus curiae” a las audiencias. Es decir, conocedores del tema, que aportan con ideas y razonamientos.
A su criterio, la Corte debería, más bien, reglamentar sus futuras actuaciones ante la ausencia de la Asamblea, y sobre todo evitar, de una vez por todas, el abuso de las medidas cautelares, en especial acciones de protección, que muchas veces son dictadas por jueces sin fundamento alguno.

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