Un dictamen de la Corte Constitucional (CC) ordena a 1.579 empleados de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), devolver los beneficios económicos que recibieron en los últimos años, como parte del “contrato colectivo”.
En total son 79,8 millones de dólares, que la empresa debe recuperar. Para ello, los servidores podrán realizar convenios a través de sus roles, y por un plazo máximo de 36 meses.
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Aceptada acción de protección
El fallo acogió aceptó una acción extraordinaria de protección, que presentó CNEL contra sentencias emitidas por 2 jueces de Los Ríos. Las mismas la obligaron a pagar determinadas prebendas a servidores públicos, pese a que no les correspondía beneficiarse de un contrato colectivo.
El mismo solo era para los obreros de la compañía.

Para la CC, dichas resoluciones vulneraron el derecho a la seguridad jurídica. Por lo tanto, los 2 jueces que las emitieron incurrieron en “error inexcusable”, por lo cual se notificará al Consejo de la Judicatura para que los investigue, y de hallar indicios de prevaricato, los destituya.
Los señalados son los magistrados de la Sala Multicompetente de la Corte de Los Ríos, y del juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Puebloviejo.
El fallo de la CC también dispone que la Contraloría realice un examen especial, y determine si existen responsabilidades civiles o penales.
El caso
El caso se remonta a octubre del 2021, cuando Richard Gómez, actual vocal de los afiliados en el IESS, y Lizette Pinos, a nombre de 1.579 servidores públicos de carrera de la CNEL, planteó una acción de protección, para que sean incluidos en el contrato colectivo.

El juez de Puebloviejo aceptó, y ordenó a la empresa que en 15 días les pague los haberes, que hasta entonces no les correspondía.
CNEL apeló, pero después aceptó la presión del sindicato, y terminó por pagar los 79,8 millones de dólares por “reparación económica”.
Los beneficiarios fueron funcionarios de carrera, de contratos ocasionales, servicios profesionales, auditores de la Contraloría y hasta empleados en comisión de servicios. Sin embargo, el contrato colectivo original no los incluía.
El reclamo del actual gobierno llegó a la CC, ya que nunca fue tomado en cuenta dentro de las “negociaciones”. La jueza ponente, Karla Andrade, emitió el fallo mencionado, que ordena recuperar el dinero pagado indebidamente.

