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¿Cuándo tendrá lugar el feriado de Navidad del año 2025 en Ecuador?

Imagen de Por: Adriana Calderón

Por: Adriana Calderón

Ultima actualización: 2025-11-28 15:48:21

NAVIDAD ECUADOR (@CiccioVerniFoto)

Ecuador se acerca al cierre del 2025 con expectativa sobre los últimos días de descanso del año y el primer feriado del 2026. La principal duda de la ciudadanía giraba en torno a la posibilidad de establecer puentes vacacionales que amplíen los días libres. Este jueves 27 de noviembre, el ministro de Trabajo, Harold Burbano, aclaró finalmente cómo quedará el calendario.

Según el ministro, el Gobierno resolvió que el feriado de Navidad será únicamente el jueves 25 de diciembre, sin adición de jornadas extra ni puente hacia el fin de semana. Es decir, el viernes 26 de diciembre será laborable con normalidad, tanto en el sector público como en el privado.

Burbano explicó que esta decisión ya está definida y puede hacerse pública, incluso sin un decreto difundido todavía.

A diferencia del feriado navideño, el Gobierno optó por ampliar el descanso de Año Nuevo.
El ministro informó que se establecerá un puente entre el jueves 1 y el domingo 4 de enero de 2026, lo que permitirá a los ecuatorianos disfrutar de un feriado prolongado.

No obstante, aclaró que el viernes 2 de enero, día que se añadirá al asueto sin ser feriado oficial según la Ley de Feriados, será recuperable. La reposición de horas dependerá de acuerdos internos entre empleadores y trabajadores. Habitualmente, en el sector público, estas reposiciones se realizan en jornadas de una hora diaria durante ocho días.

Días atrás, el propio Burbano adelantó que existía “voluntad del Gobierno” para habilitar puentes tanto en Navidad como en Año Nuevo, aunque insistió en que la decisión final recaía en el Presidente.
El Ejecutivo analizó este escenario con el propósito de impulsar la economía, el turismo y promover la convivencia familiar, especialmente tras las afectaciones económicas registradas en diversos sectores.

La normativa ecuatoriana establece que los feriados nacionales oficiales, como Navidad y Año Nuevo, no son recuperables. Sin embargo, cuando se otorga un día adicional fuera del calendario establecido por ley, el Ejecutivo puede disponer que sí se recuperen esas horas.

En esta ocasión, el único día sujeto a reposición será el viernes 2 de enero de 2026.

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