PortadaHomeRadioCentro

Ecuador: mayo 1, 2024

Ecuador Continental:

Ecuador Insular:

Ecuador, mayo 01, 2024
Ecuador Continental: 20:52
Ecuador Insular: 20:52
BANNER-SEGURIDAD-970x250

Expedido reglamento que regula la eutanasia en Ecuador

Picture of Por: Fernando Castilla Fassio

Por: Fernando Castilla Fassio

Ultima actualización: 2024-04-15 14:28:35

El Ministerio de Salud Pública expidió oficialmente, el llamado “Reglamento del Procedimiento para la Aplicación de la Eutanasia Activa Voluntaria y Avoluntaria”.

Este fue publicado en el Registro Oficial el 12 de abril, acogiendo la sentencia 67-23-IN/24 de la Corte Constitucional (CC), y que autorizó el suicidio asistido en caso de enfermedades incurables y dolorosas.

El fallo surgió a raíz del pedido de Paola Roldán, la mujer que impulsó la despenalización de la eutanasia en Ecuador, y que falleció el 11 de marzo.

Según el nuevo reglamento, en caso de darse el visto bueno para la eutanasia, se administrará al paciente fármacos en dosis letales, con el objetivo de causar la muerte anticipada.

Solo podrá aplicarse a pacientes con una enfermedad grave e incurable, o lesión corporal grave e irreversible, solicitada de manera voluntaria, informada e inequívoca por el paciente o su representante legal.

Para proceder con la eutanasia voluntaria, es requisito principal un informe médico suscrito por el o los médicos tratantes, de los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, y un diagnóstico definitivo de la enfermedad o lesión corporal.

Adicionalmente, los solicitantes deben ser ecuatorianos, o extranjeros con residencia permanente en el Ecuador; tener mayoría de edad, y encontrarse en plenitud de sus capacidades mentales, legales y consciente en el momento de la solicitud; solicitar la aplicación de la eutanasia activa voluntaria, informada, inequívoca y persistente; un informe psicológico clínico detallado; un informe psiquiátrico detallado; un informe socioeconómico del paciente, emitido por un trabajador social; la validación respectiva de dichos documentos; y ya la solicitud de ratificación o revocación de la aplicación de la eutanasia activa voluntaria.

Los requisitos serán revisados por un Comité Interdisciplinario, que tendrá un plazo de 10 días para emitir la resolución. Dicho comité estará conformado por tres médicos especialistas, según el caso a tratar, así como un psicólogo clínico, un psiquiatra, un bioeticista, un abogado, un trabajador social y el representante de la sociedad civil de un Comité de Ética Asistencial para la Salud.

Compartir este articulo

Facebook
Twitter
Scroll al inicio