Los extranjeros que constituyan una amenaza para la seguridad nacional, podrán ser deportados de inmediato.
Así lo establecen las reformas a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que la Asamblea Nacional aprobó en segundo y definitivo debate.
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Los cambios unifican 8 proyectos, que abordaban el mismo tema.
Hubo mayoría
Las reformas fueron aprobadas con 88 votos afirmativos.
Una de las disposiciones contempla la deportación expedita en casos de riesgo grave, con resolución motivada y control judicial, de determinados ciudadanos extranjeros.

Asimismo, se amplía el período de prohibición de reingreso, hasta por 40 años, para quienes representen amenazas a la seguridad nacional.
La ley también exige certificados de antecedentes penales y registro migratorio, para la obtención o renovación de visas, y crea la visa de tránsito o transeúnte para evitar el uso del Ecuador como país de paso irregular.
Asimismo, se incorpora la posibilidad de revocar el estatus de refugiado, si el beneficiario representa un riesgo real para la seguridad pública o incurre en delitos graves, respetando siempre el principio de no devolución y el debido proceso.
Antes de su publicación en el Registro Oficial, el proyecto de Ley aprobado será remitido al Ejecutivo, para su respectiva sanción u objeción.

