La ley seca, en que se prohíbe la venta y el consumo de alcohol, comienza al mediodía (12:00) del viernes 3 y culmina a las 12:00 del lunes 6 de febrero.
La jornada electoral en que participarán 13′450.000 votantes se cumplirá el domingo 5 de febrero desde las 07:00 hasta las 17:00, en todo el territorio nacional, para elegir prefectos y viceprefectos, alcaldes, concejales urbanos y rurales, miembros de las juntas parroquiales rurales; integrantes del CPCCS para el periodo 2023-2027 y el referédum propuesto por el presidente Guillermo Lasso.
Horario de ley seca
La ley seca, en que se prohíbe la venta y el consumo de alcohol, comienza al mediodía (12:00) del viernes 3 de febrero y culmina a las 12:00 del lunes 6 de febrero.
La denominada ley seca está establecida en el Artículo 123 del Código de la Democracia, e indica que 36 horas antes y 12 después del día de las elecciones -en este caso el 5 de febrero-, no se permitirá la venta, la distribución o el consumo de bebidas alcohólicas.
Sanciones
El artículo 299 del Código estipula que las personas que infrinjan la ley seca tendrán que pagar una multa equivalente al 50% del Salario Básico Unificado (SBU). Eso representa $ 225, este año 2023.
La sanción también se aplica a los ciudadanos que ingresen o se presenten al recinto electoral en estado de embriaguez.
El Consejo Nacional Electoral cuenta con la facultad para sancionar si se comete esta contravención.
Los controles están a cargo de la Policía. Al momento que se identifique a una persona en estado etílico o en consumo o distribución de licores, se levantará una papeleta de citación que se entrega al infractor y una copia se queda el agente para que levante el respectivo parte y lo entregue a las autoridades del organismo electoral.
Luego de tres días, el ciudadano tiene que presentar su citación con las pruebas de descargo. De ser el caso, el director provincial del ente electoral sancionará con las multas económicas.
Fuente: El Universo