Un juez declaró improcedente la acción de protección, que planteó un sector del correísmo contra el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen.
La demanda, planteada por el legislador Raúl Chávez, a nombre de 18 de sus compañeros, pretendía que el Parlamento los reconozca como un bloque, diferente al de la Revolución Ciudadana.
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De ese modo, aspiraban a obtener un puesto en el Consejo de Administración Legislativa (CAL).
Negado el pedido
Una vez realizada la audiencia respectiva, el juez Santiago Altamirano declaró improcedente la demanda y la archivó, argumentando que no se evidenció una vulneración de derechos, y que los asuntos planteados competen exclusivamente al ámbito parlamentario.

La procuradora de la Asamblea, Mercedes Mediavilla, argumentó que los cargos legislativos, como los del CAL, no constituyen derechos fundamentales protegidos por la Constitución. Además, los jueces constitucionales no pueden revisar las decisiones internas del Parlamento, ya que estas forman parte del ámbito de autonomía legislativa.
Por su parte, la abogada de la Revolución Ciudadana, Lorena Correa, solicitó que se deje sin efecto la elección de los vocales del CAL, y se convoque a una nueva sesión en la que se otorgue la palabra a sus clientes.
El juez Altamirano resolvió que los elementos presentados no justificaban una acción constitucional, y que la controversia debía resolverse conforme a los mecanismos internos de la Asamblea.

