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Noboa pedirá al CNE que no multe a quienes no voten en las provincias en emergencia

Picture of Por: Fernando Castilla Fassio

Por: Fernando Castilla Fassio

Ultima actualización: 2025-03-10 10:41:19

El presidente de la República, Daniel Noboa, pedirá al Consejo Nacional Electoral (CNE), que no sancione a los ciudadanos de las provincias en emergencia, que no acudan a votar el 13 de abril.

8 provincias del país fueron declaradas en esta situación, debido a los graves estragos provocados por la estación invernal.

No caben sanciones

Para el mandatario, no se deberían aplicar sanciones en las regiones del país afectadas por las lluvias, ya que mucha gente no podrá acudir a votar por las inundaciones.

Por este motivo, Noboa solicitará al CNE que elimine la multa, al menos esta vez, para las provincias en emergencia declarada. Es decir, Esmeraldas, Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos y El Oro.

La segunda vuelta electoral se realizará el domingo 13 de abril.

Las multas
El presidente Noboa pedirá que se perdone la multa, a los ciudadanos de las provincias afectadas que no puedan votar.

De acuerdo al Código de la Democracia, quienes no acudan a sufragar, y no presenten una justificación válida, como certificado médico, registro de estar fuera del país o casos similares, será sancionados con una multa de 46 dólares, equivalentes al 10% del Salarios Básico Unificado (SBU).

En el caso de los ciudadanos que sean designados como miembros de las Juntas Receptoras del Voto, y que no acudan a la capacitación respectiva, sea de forma presencial o virtual, recibirán una sanción pecuniaria similar. Es decir, 46 dólares.

De no acudir el día de las elecciones a ser parte de la mesa, el castigo adicional será de 69 dólares, equivalentes al 15% del SBU. El infractor tendría entonces que pagar 115 dólares.

Y la persona que no cumpla ninguna de las 3 obligaciones, será multada con un total de 161 dólares.

Más grave aún es abandonar la Junta Receptora del Voto. Quien lo haga se expone a una multa de entre 5.060 y 9.200 dólares, más la suspensión de sus derechos de participación, en un lapso de entre 6 meses a 2 años.

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