El presidente de la República, Daniel Noboa, reformó el Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, a fin de agilizar la compra de vacunas e insumos médicos.
Mediante el Decreto Ejecutivo 636, el mandatario amplía las opciones de adquisición, con el objetivo de garantizar un abastecimiento oportuno y suficiente.
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El decreto busca que el sistema de salud cuente con los productos que sean necesarios, en especial en casos de emergencia o escasez en el mercado internacional.
De forma directa

La reforma afecta en especial al artículo 184 del Reglamento, con lo cual la compra directa de vacunas se podrá realizar mediante convenios, con el Fondo Rotatorio de la OPS/OMS (Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud), otros Estados, organismos internacionales o empresas públicas calificadas.
Asimismo, el Ministerio de Salud podrá comprar vacunas de proveedores en general, siempre que garanticen inocuidad, calidad, seguridad y eficacia, y más aún en casos de escasez o nueva tecnología.
En casos de adquisiciones en el extranjero, la empresa proveedora estará exenta del trámite de verificación de producción nacional.
El decreto agrega que con las nuevas disposiciones, el Estado podrá afrontar emergencias como las actuales, provocadas por los brotes de tosferina y fiebre amarilla.

