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Ecuador: enero 20, 2025

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Ecuador, enero 20, 2025

Aterrador caso de maltrato infantil en suburbio de Guayaquil

Denuncias de vecinos permitieron detectar y detener un caso de maltrato infantil, en un humilde sector del suburbio de Guayaquil. Una mujer, madre de un niño de 15 meses de edad, lo ató de pies y manos, y envió una foto del hecho al padre. La causa de esta acción, según dijo posteriormente la señora, fue que el hombre no cumplía con las pensiones alimenticias del pequeño. La mujer tomó una foto del niño atado y llorando, y la envió a su expareja, con el mensaje: “Así estará tu hijo hasta que pagues”. Las lágrimas del niño no conmovieron a la madre, que lo mantuvo sometido durante varios días, hasta que los vecinos se percataron de la situación, y la reportaron a la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen). Agentes de la entidad llegaron a la casa, constataron lo que sucedía y liberaron al infante, a quien llevaron a la casa de una tía paterna, hasta que se aclare el conflicto. La agresora, según reportaron, no pudo ser detenida en ese momento, pues se había superado el plazo de la flagrancia. Sin embargo, en caso de una demanda penal presentada por los familiares del niño, podría ir a prisión. El padre anunció que pedirá la custodia completa del bebé.

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Mujer fue sentenciada por intentar vender a su hija de dos años en redes sociales

El Universo .– Fue condenada a cinco años y cuatro meses de cárcel. Una mujer identificada como Diana A. O. fue condenada a 5 años y 4 meses de cárcel, por haber intentado vender a su hija de 2 años por $400, suceso que se registró en Chanduy, parroquia rural de Santa Elena.   Un Tribunal de Garantías Penales la declaró autora de trata de personas en grado de tentativa.   El fiscal Wagner Sellán dijo que la mujer anunció en redes sociales la venta de su hija. Esto se conoció el 24 de octubre de 2022, por la alerta que hizo una persona a la Policía Nacional, a través del ECU 911, detalla la Fiscalía General del Estado en un comunicado.   Al enterarse de esto, agentes policiales llegaron a la Terminal Terrestre de Santa Elena, lugar donde se había acordado la entrega y esperaron la presencia de la mujer. Al consultarle las razones que la motivaron a vender a su pequeña, indicó que no tenía la solvencia económica para mantener a la menor.   Entonces, la madre fue aprehendida y la infante rescatada y entregada a su abuela materna, quien indicó no conocer sobre las intenciones de la hoy sentenciada. Fiscalía indica que respaldó este relato con los testimonios de agentes investigadores y aprehensores, de peritos médicos y de trabajo social.   También se basó en los informes de los agentes de la Dirección Nacional de la Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), la pericia de reconocimiento del lugar de los hechos, la explotación de cámaras de video de la Terminal Terrestre, la extracción de información del teléfono celular de la ahora sentencia, entre otras pruebas.

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¿Por qué la mujer que maltrató a su hijo de 2 años en Ambato no irá a prisión?

La tarde del lunes el menor fue entregado temporalmente a un familiar. El hecho captado en un video de 36 segundos, difundido en redes sociales, causó repudio colectivo. Una mujer pateó en el rostro una y otra vez a un pequeño, en plena vía pública. El hecho ocurrió en Ambato, en el sector de Quillán Loma, parroquia Izamba.   Luego de viralizarse el video, este lunes 30 de enero se conoció que ella era la madre del pequeño. Fue aprehendida y el niño de 2 años fue entregado a un familiar materno para que se encargue temporalmente de su cuidado.   Realizada la valoración médica se determinó que los golpes produjeron dos días de incapacidad para el menor, por lo que la mujer no incurrió en delito sino en una contravención.   El artículo 152 del Código Integral Penal (COIP) establece una pena de privación de libertad de 30 a 60 días si como resultado de las lesiones se produce en la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días.   ¿En qué tipo de contravención incurrió la mujer? En una de cuarta clase, que tiene una sanción con pena de privativa de libertad de 15 a 30 días, según el artículo 396 del COIP.   El numeral 4 señala que es sujeto de esta pena la persona que voluntariamente hiera o golpee a otra causándole lesiones o incapacidad para el trabajo, que no excedan de tres días.   El exfiscal del Guayas, Antonio Gagliardo, explicó que esto se aplicaría para el caso de la mujer en Ambato.   No obstante, al estar en estado de gestación a la mujer no se la puede enviar a prisión, ya que el artículo 624 del COIP establece que ninguna embarazada podrá ser privada de su libertad.   Ni será notificada con sentencia, sino 90 días después del parto. “Esto se hace por el interés superior del hijo que está en sus entrañas, entonces, esta es otra situación que beneficia a embarazadas que podrían cometer delitos (…), tiene ciertas garantías que no es por la persona como tal sino por el bebé que está en sus entrañas”, explicó Gagliardo.   Desde la mañana de este martes 31 de enero a la mujer se le realiza la audiencia de flagrancia en una Unidad de Policía Comunitaria (UPC). Se espera conocer los resultados de esta diligencia en horas de la tarde.   En este caso han intervenido la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), la Junta Cantonal de Protección de Derechos de dicha localidad, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) y el Consejo de la Judicatura de Tungurahua.   Fuente: El Universo

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