El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó el recurso presentado por Jaime Estrada y ratificó la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE).
La resolución impide que Estrada participe como candidato a la Prefectura de Manabí por el movimiento Sí Podemos, lista 72.
La sentencia se emitió el 22 de septiembre de 2026. El caso corresponde a la causa 357-2026-TCE.
Estrada había ganado las primarias de Sí Podemos en junio. El 12 de agosto renunció a su candidatura.
El 24 de agosto regresó como reemplazo de otro aspirante. Para el TCE, ese retorno constituyó una nueva postulación.
El Tribunal determinó que Estrada debía presentar una nueva acta de aceptación de su candidatura. Ese documento no constaba en el expediente.
Con esta decisión, queda vigente la resolución que el CNE adoptó el 11 de septiembre. El organismo electoral había rechazado la inscripción de Estrada.
El caso también estuvo marcado por una votación dividida en el CNE. La resolución se definió con el voto del presidente del organismo, José Cabrera, según el reporte citado.
La consejera Elena Nájera cuestionó durante esa sesión la exigencia del documento. Ella sostuvo que el requisito no se había aplicado de la misma manera a otras organizaciones.
Estrada fue asambleísta de la Revolución Ciudadana hasta el 25 de agosto de 2026. Su salida de la Asamblea ocurrió durante el proceso para las elecciones seccionales de 2027.
La decisión del TCE deja a Estrada fuera de la contienda por la Prefectura de Manabí. Los fallos del Tribunal son de última instancia.
Sí Podemos todavía puede solicitar una aclaración de la sentencia. Ese recurso no modifica la decisión mientras el TCE resuelve el pedido.
El caso de Estrada ocurre después de otra decisión del TCE sobre la candidatura de Luisa González. El Tribunal también negó su participación en la elección para la Prefectura de Manabí.
