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Toque de queda inicia este jueves: ¿Quiénes podrán movilizarse?

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Por: L. Páramo

Ultima actualización: 2026-09-16 20:38:50

Además de la restricción de tránsito en cuatro provincias, la declaratoria contempla la suspensión de los derechos a la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia en las jurisdicciones incluidas. Imagen referencial de anteriores Toques de queda.

Desde las 00:00 de este jueves, 17 de septiembre, comenzará un nuevo toque de queda en Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro. La restricción de movilidad se aplicará diariamente durante cinco horas, hasta las 05:00, y estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2026.

La medida forma parte del estado de excepción por grave conmoción interna. Aunque la declaratoria comprende ocho provincias y tres cantones y tendrá una duración de 60 días, la suspensión temporal de la libertad de tránsito se aplicará únicamente en esas 4 provincias.

Por lo tanto, Pichincha, Esmeraldas, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas también permanecen bajo estado de excepción, pero sin toque de queda. Lo mismo ocurre con Camilo Ponce Enríquez, en Azuay; Las Naves, en Bolívar; y La Maná, en Cotopaxi.

De 00:00 a 05:00

La restricción comenzará a las 00:00 del 17 de septiembre y terminará el 30 de septiembre. Durante ese periodo, la circulación estará prohibida diariamente entre las 00:00 y las 05:00 en:

  • Guayas
    Manabí
    Los Ríos
    El Oro

¿Quiénes podrán movilizarse?

El decreto 498 establece excepciones para actividades consideradas indispensables. Entre ellas consta el personal sanitario de las redes pública y privada, integrantes de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas, organismos de seguridad y personal encargado de atender riesgos y emergencias.

También existen excepciones para otras actividades expresamente contempladas en el decreto. Las personas que deban desplazarse por una situación particular de necesidad o una emergencia podrán hacerlo siempre que exista una justificación para su movilización.

En esos casos, las autoridades han recomendado portar la identificación y documentación que permita acreditar el motivo del desplazamiento.

Aeropuertos y servicios esenciales 

Los servicios públicos y sectores estratégicos continuarán operando durante las horas de restricción. Fuerzas Armadas, Policía y autoridades de tránsito deberán coordinar acciones para garantizar su funcionamiento.

Los aeropuertos tampoco suspenderán necesariamente sus operaciones por el toque de queda. Los pasajeros con vuelos programados durante la madrugada podrán justificar su movilización presentando su pase de abordar y documentación correspondiente. En Guayaquil, por ejemplo, el aeropuerto José Joaquín de Olmedo mantendrá sus operaciones durante las 24 horas.

¿Qué ocurre si una persona incumple la restricción?

Las personas que circulen entre las 00:00 y las 05:00 sin encontrarse dentro de las excepciones o sin poder justificar una situación de necesidad podrán ser intervenidas por las autoridades.

El Decreto 498 dispone que las verificaciones a quienes circulen durante el horario restringido deben efectuarse de manera racional y proporcional, considerando situaciones justificadas de necesidad o emergencia.

El toque de queda se produce en el contexto de las medidas extraordinarias de seguridad adoptadas por el Ejecutivo bajo el nuevo estado de excepción.

Además de la restricción de tránsito en cuatro provincias, la declaratoria contempla la suspensión de los derechos a la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia en las jurisdicciones incluidas.

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