El Ministerio de Trabajo decidió suspender por 150 días a la vicepresidenta de la República, Verónica Abad, por la “ausencia injustificada” a su puesto de trabajo.
Abad, por orden de presidente Noboa, quien la designó “embajadora por la paz”, debía trasladarse hace 2 meses desde Israel a Turquía. Pero la segunda mandataria arribó con varios días de retraso.
- LEER TAMBIÉN: Multada vicepresidenta Abad por “campaña anticipada” en el 2023
- LEER TAMBIÉN: Canciller denuncia a vicepresidenta Abad por “violencia política de género”
Por este motivo, el Ministerio de Trabajo le abrió un expediente administrativo, con el resultado mencionado.
No podrá encargarse del poder
La sanción no solo le prohíbe a Abad ejercer sus funciones y recibir su salario por los próximos 5 meses, sino que también la deja fuera de cualquier posibilidad de sucesión, cuando el presidente Noboa pida licencia durante la campaña electoral próxima.
La Constitución establece límites para las ausencias, tanto del presidente como del vicepresidente. Las temporales no pueden exceder los 3 meses, y se permiten en casos de enfermedad, circunstancias de fuerza mayor o licencia aprobada por la Asamblea.
Podría elegirse reemplazo
En caso de una falta definitiva de la vicepresidenta, el artículo 150 establece que el presidente debe presentar una terna a la Asamblea Nacional, la cual seleccionará al reemplazo por mayoría de votos para completar el período. Si la ausencia es temporal, el presidente puede designar a un ministro o ministra de Estado para asumir el cargo de forma provisional.
En este caso, Noboa tendría la facultad de designar a una segunda mandataria encargada. Dado que la ausencia temporal máxima permitida es de 3 meses, una suspensión de 150 días podría configurar una suspensión definitiva.