El también vocal de la Judicatura Fausto Murillo refiere que en la destitución de Walter Macías no se observó el artículo 264, numeral 14, del COFJ, que dice que debe existir al menos tres votos conformes para proceder a la destitución de un servidor. “En mi concepto (la destitución) es ilegal, no se cumplió lo que dice esta norma. Además, se destituyó con dos votos positivos y tres abstenciones. Si reformaron el reglamento para darle validez al voto de abstención, quiere decir que fue mayoría la abstención y minoría los votos positivos”.