Las objeciones señalan directamente a la EMOV (Fotos: EMOV Cuenca)
La Contraloría General identificó indicios penales y responsabilidades civiles y administrativas, por más de 5,5 millones de dólares, en un contrato suscrito para la implementación de radares en Cuenca.
La anomalía involucra a la Empresa Pública Municipal de Movilidad, Tránsito y Transporte de la capital azuaya (EMOV).
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Con empresa privada
La auditoría analizó el contrato de alianza estratégica, que firmaron EMOV y el Consorcio Móvil Technology Ecuador, para la implementación de una plataforma integral de gestión, control y sanción de infracciones de tránsito, a través de equipos tecnológicos (radares), en la autopista Cuenca–Azogues y otros puntos de la ciudad.

La acción de control centró su análisis en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre del 2022, y el 30 de junio del 2025.
Como resultado se determinaron indicios de responsabilidad penal, y se sugieren sanciones administrativas y civiles por más de 5,5 millones de dólares.
El equipo auditor evidenció que los dispositivos iniciaron sus operaciones con un retraso de 143 días, por falta de control de los administradores del contrato, quienes no realizaron las inspecciones de manera oportuna.
También se identificaron irregularidades en la etapa de implementación, que no fueron comunicadas al Consorcio, relacionadas con la inspección de 32 dispositivos instalados en 16 puntos urbanos, ocasionando que no se pueda realizar el proceso sancionatorio de multa.
Incumplimientos
Asimismo, se establecieron incumplimientos en la homologación de funcionalidades de los dispositivos, por lo cual no se pudo comprobar que los mismos cumplan con los parámetros previstos en el objeto del contrato.
En cuanto a la terminación por mutuo acuerdo del contrato entre la EMOV EP y el Consorcio, la auditoría señala que esto se dio sin demostrarse la conveniencia para los intereses institucionales, conforme los informes técnico, financiero y jurídico presentados.
Adicionalmente, el monto de repartición de la cartera pendiente de cobro no tuvo sustento, al no considerarse las estadísticas de recaudación y la falta de cobro que afectó a las infracciones pendientes de recaudar, ocasionando un perjuicio a la entidad, por los montos no recuperados a favor de la empresa pública, que ascendieron a casi 4,9 millones de dólares.

