La Corte Constitucional determinó que la propuesta presentada sí corresponde a la vía de Asamblea Constituyente, pero aún debe calificar los contenidos del Decreto del presidente Noboa.
En ese marco de inicial aprobación, la CC aún analiza la propuesta de consulta popular para convocar a una asamblea constituyente, contenida en el Decreto Ejecutivo 153 del Presidente de la República, que fue remitida a los jueces constitucionales por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para el correspondiente control de constitucionalidad.
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En su dictamen, la Corte Constitucional enfatizó que la Asamblea Constituyente tendrá la potestad constitucional exclusiva y excluyente de aprobar un proyecto de nueva Constitución, el cual deberá ser posteriormente sometido a referéndum popular.
En ese sentido, el Pleno de la Corte resolvió remitir el proceso a la jueza ponente, para que inicie de manera inmediata el trámite del segundo momento, correspondiente al control de constitucionalidad de la convocatoria. Es decir, ahora analizará que los contenidos del Decreto del presidente Noboa estén apegados al marco constitucional.
Cuando este análisis termine, la Corte remitirá su veredicto al CNE para una convocatoria a consulta popular o para rechazarla.
El referéndum convocado para este 16 de noviembre tendrá un costo de 59,7 millones de dólares y el límite de gasto electoral autorizado para las organizaciones políticas y sociales que hagan campaña por el ‘sí’ o por el ‘no’ será de 2,7 millones de dólares para cada opción.
En esta elección, los ecuatorianos deberán decidir sobre si se elimina o no de la Constitución la prohibición de instalar bases militares extranjeras en el país, como la que Estados Unidos tuvo en la ciudad de Manta hasta 2009.

