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Proyecto de ley busca eliminar la condición de edad en los anuncios de empleo

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Ultima actualización: 2023-04-15 10:57:41

EL COMERCIO .- La Comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social de la Asamblea Nacional inició la fase de socialización del proyecto de Ley que unifica cuatro propuestas laborales. Estas son: el trato en el sistema laboral; la inserción laboral de los jóvenes; el fomento del trabajo juvenil; y, el empleo a grupos vulnerables.

Este proyecto de ley pretende garantizar el trabajo en todos los niveles y sin discriminación. Uno de sus objetivos es beneficiar a las personas mayores de 40 años, por la experiencia que han adquirido. Y, a su vez, impulsar el empleo joven en los sectores público y privado.

 

El proyecto de ley implicará cambios significativos en los procesos de selección de personal y en las prácticas laborales internas de las empresas, señaló José Loayza, socio y líder del área laboral en Census Consultores.

 

Principales reformas del proyecto de ley

Entre las principales reformas al Código del Trabajo ya la Ley Orgánica del Servicio Público se encuentran la prohibición al empleador de incluir condiciones de edad en los anuncios de empleo o solicitar fotografías en la hoja de vida.

 

Además, el proyecto señala que la persona que se sienta vulnerada por discriminación por edad podrá interponer una demanda judicial. Si se demuestra que hubo una marginación por edad, se multará a la empresa con tres a 20 salarios básicos unificados (SBU).

 

Otra de las medidas clave en el proyecto de ley es la protección de empleados con más de 20 años de servicio o que tienen más de 50 años de edad. Esta disposición tiene como objetivo equilibrar la contratación de trabajadores jóvenes sin comprometer la continuidad laboral de las personas que se acercan a la jubilación.

 

Asimismo, la empresa o institución pública que cuente con un mínimo de 25 trabajadores deberá contratar, al menos, una persona de entre 18 y 29 años. En el segundo año, este porcentaje de contratación cambiará al 1% del total de los trabajadores hasta llegar al 4% de contratación en el quinto año. Esta misma obligación se aplicará respecto a la contratación de personas mayores a 40 años.

 

En los contratos eventuales, ocasionales o de temporada de la empresa privada o instituciones públicas, los trabajadores contratados deben ser al menos el 20% mano de obra juvenil. Además, el 30% será mano de obra femenina, señala el proyecto.

 

Asimismo, la remuneración por pasantías no podrá ser inferior al salario mínimo sectorial para la rama de actividad que corresponda a la carrera que cursa el pasante. Actualmente, la ley establece que el pago sea la tercera parte de un salario básico.

 

Según el Instituto de Estadísticas y Censos (INEC), el 29% de las personas de entre 18 y 29 años tienen empleo pleno, mientras que la cifra aumenta al 36% en las personas de entre 45 y 64 años. Sin embargo, para aquellos mayores de 65 años, la tasa de empleo pleno disminuyendo potencia al 13%.

 

Se conoce como empleo pleno en el que se percibe ingresos iguales o superiores al SBU, y se trabajan 40 horas semanales o más.

 

Para Loayza, “una vez que la Asamblea apruebe el proyecto, los empleadores deberán considerar los nuevos presupuestos de contratación. Además, deberán tomar en cuenta los valores correspondientes por pago de pasantías, edades y género en la selección de personal”.

 

La socialización de las reformas continuará con la participación de más actores del ámbito laboral como el Ministerio de Trabajo, gremios, entre otros.

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