Fiscalía investigará accionar de exministros de Defensa y otros funcionarios ante supuesta no atención a pedidos de información relacionados con el 30-S
EL UNIVERSO .- Una jueza de Pichincha sobreseyó a nueve militares acusados de las muertes de un policía y dos militares durante la revuelta policial del 30-S. Al existir la posibilidad de que a lo largo de estos años funcionarios públicos no entregaron información oficial requerida sobre la operación militar del 30 de septiembre de 2010 (30-S), la jueza de Pichincha Luz María Ortiz dispuso a la Fiscalía investigar si el accionar de varios exministros de Defensa y coordinadores generales de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa incurre en alguna violación a la ley o se adecua su conducta a algún tipo penal. La decisión de Ortiz fue parte de la sentencia en la que sobreseyó a nueve miembros, pasivos y activos, de las Fuerzas Armadas que eran acusados del asesinato del policía Froilán Jiménez y los militares Darwin Panchi y Jacinto Cortez, durante la revuelta policial ocurrida en el denominado 30-S. El sobreseimiento se dio una vez que la jueza penal definió que no existen indicios que evidencien la responsabilidad de los acusados en calidad de autores directos en las muertes del policía del Grupo de Intervención y Rescate (GIR) Froilán Jiménez y el soldado y cabo del Ejército Darwin Panchi y Jacinto Cortez, respectivamente. “El asesinato es un delito de acción, es decir, cada uno de los procesados debió haber realizado un acto de acción que llegue a violentar el bien jurídico protegido: la vida de Froilán Jiménez, Jacinto Cortez y Darwin Panchi. Conforme indica la autopsia, la causa de muerte son los impactos de ojivas. No es menos cierto que los elementos de convicción deben encaminar a señalar que esos disparos que provocaron la pérdida de vidas hayan realizado las personas procesadas. La Fiscalía no ha presentado ningún elemento de convicción que genere el nexo causal entre la infracción y los procesados”, explicó Ortiz. Para hacerlos responsables del delito de asesinato, la jueza indicó que no se cuenta con una pericia balística en la que la Fiscalía singularice el arma que produjo la muerte de Jiménez, Cortez y Panchi, y, además, que esa arma fue usada por los procesados, en unidad de tiempo y espacio. Las muertes de Jiménez, Panchi y Cortez se dieron en los alrededores del Hospital de la Policía entre la tarde y noche del denominado 30-S. En esa zona del norte de Quito se produjeron actos violentos durante una revuelta policial en la que al final de la jornada se dio la Operación Rescate, para sacar al entonces presidente Rafael Correa del Hospital de la Policía, donde estaba siendo atendido. QUITO. Imagen del 30 de septiembre del 2011, en la que aparece Flor Granda, quien dejó flores en la vereda aledaña al Hospital de la Policía, donde cayó su hijo, Froilán Jiménez, en el operativo del 30-S. Una vez que fundamentó lo de fondo, Ortiz recordó la facultad de la Fiscalía para realizar una nueva investigación al presumir que algún ciudadano incurra en violaciones a la ley o adecue su conducta a algún tipo penal. Este punto se aclaraba, pues la jueza dijo que en los días de audiencia la fiscal Claudia Romero indicó sobre una serie de elementos que hacen presumir que a funcionarios del Ministerio de Defensa se les hicieron pedidos de información sobre hechos relacionados con el 30 de septiembre de 2010 que no han sido atendidos. En ese contexto la jueza Ortiz señaló los nombres de los exministros de Defensa María Fernanda Espinosa, Homero Arellano, Oswaldo Jarrín, Miguel Carvajal y Fernando Cordero. También se refirió sobre los entonces coordinadores generales de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Dora Suasnavas, Santiago Salinas y Katy Andrade Vallejo. Lo expuesto por la magistrada estaría relacionado con lo ocurrido el 1 de septiembre de 2021 durante la primera jornada de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio de esta causa 30-S. La fiscal Romero informaba a la jueza Ortiz que el secretario del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe), en enero de ese año, le envió un oficio en el que informó que “desde 2013 no se ha considerado ningún pedido de desclasificación de información”. Aquel día la fiscal anotó que durante toda la actuación investigativa de Fiscalía, por múltiples ocasiones, fue requerida la desclasificación, y “que no fue atendida”. Mediante impulso 87, del 16 de diciembre de 2020, Romero asegura ofició al Ministerio de Defensa, a la Presidencia de la República y al secretario general del Cosepe solicitando la desclasificación o el levantamiento de la reserva de toda la información relacionada con la Operación Rescate del 30 de septiembre de 2010. Explicó que lo hizo porque a esa fecha ya se cumplía el tiempo que la ley concede para mantener bajo la categoría de reservada la información. “El derecho de las víctimas existe, es latente y hay una investigación en donde se tiene una venda en los ojos, sin saber ni conocer los hechos reales. Encontrar datos e información a través de cadena de versiones, de nombres que se pueden conocer, es muy difícil así establecer la verdad de los hechos”. Según la Fiscalía, las instituciones a las que se les habría solicitado la desclasificación de información se han limitado a dar contestación a los requerimientos señalando que el informe se encuentra con carácter de reservado y eso, para Romero, es dejar en indefensión tanto a la Fiscalía como a las víctimas y a los procesados. QUITO (17-02-2023).- En el Complejo Judicial Norte se reinstaló la audiencia preparatoria de juicio de un caso 30-S relacionado con el asesinato de un policía y dos militares. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda “Todos los pedidos de desclasificación que envié, más todos los pedidos de desclasificación a partir de 2014 nunca fueron atendidos por el Cosepe, por el presidente (de la República), por el ministro de Defensa. (…) Tenemos el documento enviado en enero de 2021, al cierre de la instrucción fiscal, y jamás existió un pronunciamiento, ni siquiera la intención de considerar los