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Los tiempos legales le alcanzarán al gobierno de Guillermo Lasso para definir sueldo básico del 2024

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Por: Radio Centro 101.3 FM

Ultima actualización: 2023-08-28 08:43:05

El Universo .- Entre empleadores y trabajadores hay incertidumbre sobre si la decisión se tomará en este gobierno -que subió $ 25 al año- o el próximo.

 

Una de las ofertas de campaña de Guillermo Lasso para ganar la Presidencia fue subir el sueldo básico de $ 400 a $ 500 en sus cuatro años de mandato y así en el 2021, al no llegar a un consenso entre trabajadores y empleadores, su gobierno decidió el alza de $ 25 que rigió desde enero del 2022. Lo mismo ocurrió al año siguiente y para enero del 2023 quedó fijado el sueldo básico en $ 450. Ahora, antes de que termine su mandato -acortado por la muerte cruzada- podrá dejar definido un aumento para el 2024.

 

El sueldo básico que rige hoy fue dipuesto por decreto al Ministerio del Trabajo el 30 de noviembre pasado, justo en este 2023 para ese mismo día el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene previsto en su calendario la entrega de credenciales al nuevo presidente que resulte electo en la segunda vuelta electoral que se realizará el próximo 15 de octubre.

 

De acuerdo con el cronograma electoral, el actual Gobierno estará en funciones hasta el 30 de noviembre de 2023, “por lo que conforme a la normativa del Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, podría alcanzar a realizar la fijación del salario básico unificado para el año 2024″, indica Andrés Madero, decano de la Facultad de Derecho y Gobernabilidad de la Universidad Ecotec y exministro del Trabajo.

Y es que los tiempos le dan. El Acuerdo Ministerial MDT-2020-185 establece el procedimiento:

  • En el segundo inciso del artículo 3 de dicho acuerdo se indica que el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, para la fijación de la variación del salario básico unificado, se autoconvocará para sesionar hasta el 20 de noviembre de cada año.
  • Antes de esa sesión ese organismo establecerá el procedimiento y la metodología para la discusión de la fijación del salario básico unificado.
  • El cuarto inciso señala que de no adoptarse una resolución por consenso, el ministro del Trabajo deberá aplicar lo dispuesto en el artículo 118 del Código del Trabajo, para lo cual solicitará a la entidad competente una proyección actualizada a la fecha del índice de precio del consumidor para el siguiente año.
Aunque entre representantes de los empleadores y trabajadores que integran ese Consejo de Salarios hay incertidumbre sobre si el nuevo sueldo básico se definirá en este o en el próximo gobierno. Hasta el momento no han recibido ninguna comunicación del Ministerio del Trabajo sobre esto.

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