El Superintendente de Control del Poder de Mercado, Danilo Sylva, negó los recursos de apelación presentados por la constructora “Norberto Odebrecht” y la Corporación Eléctrica del Ecuador, y les ratificó la multa de casi 57 millones de dólares.
La decisión la tomó considerando que no existe vulneración al derecho o al debido proceso, ni vicios que afecten el procedimiento administrativo sancionador.
La Superintendencia de Control del Poder de Mercado, tras una investigación, determinó “un acuerdo colusorio vertical en procesos de contratación pública”. Es decir, CELEC direccionaba los contratos a favor de Odebrecht, e impedía que otras empresas puedan competir con base en sus méritos empresariales.
El acuerdo colusorio vertical se dio para la construcción de la Central Hidroeléctrica Manduriacu, así como para la reparación del túnel de carga de la Central Hidroeléctrica Pucará.
Estas dos obras fueron adjudicadas por parte de CELEC a Odebrecht, por 130 millones de dólares, cifra que superaba largamente los presupuestos referenciales.
El dictamen estableció que hubo acuerdos secretos, para favorecer a la constructora en perjuicio de otras empresas.