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Porte de armas en agentes metropolitanos, aduaneros y de tránsito no está permitido

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Ultima actualización: 2023-04-04 08:08:55

EL UNIVERSO .-Diego Ordóñez, secretario de Seguridad Pública, explicó que el tema está en evaluación.

 

El porte de armas de fuego en manos de agentes metropolitanos, aduaneros y de tránsito no está regulado, ni está permitido, aclaró Diego Ordóñez, secretario de Seguridad Pública y del Estado.

 

Es un tema que se debe evaluar con más detenimiento y se resolverá más adelante, dijo Ordóñez el lunes 3 de abril, en una entrevista en Ecuavisa.

 

El Decreto Ejecutivo 707, emitido el 1 de abril por el presidente Guillermo Lasso autoriza el porte de armas de uso civil para la defensa personal a nivel nacional a aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos.

 

Así mismo, el decreto permite el porte y tenencia de armas a organizaciones de seguridad privada y otras personas jurídicas que hayan cumplido los requisitos.

 

Diego Ordóñez aclaró que el porte de arma no significa que la persona esté autorizada a tener consigo el arma en cualquier espacio.

Precisó que se podrán establecer restricciones para el ingreso con armas a lugares específicos. Puso como ejemplo que en la actualidad el personal de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas no pueden llevar sus armas en vuelos comerciales.

 

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