La Agencia Nacional de Tránsito estableció nuevos rangos, para controlar la velocidad en calles, avenidas y carreteras del país.
Las cifras forman parte de un nuevo reglamento, que regirá a la hora de regular la actuación de los conductores.
- LEER TAMBIÉN: Radares de tránsito de Guayaquil suspenden sus labores por calibración
- LEER TAMBIÉN: Radares de La Aurora continúan clausurados y sin emitir multas
Rango de tolerancia

A partir de ahora, los radares fijos no sancionarán a los choferes que superen el límite de velocidad, en no más de 5 kilómetros por hora.
De su lado, los radares móviles, es decir, los operados por agentes de tránsito, tendrán un nivel de tolerancia de 7 kilómetros por hora.
Esta medida se aplicará tanto en vías como en zonas urbanas.
Radares deben tener calibración
Adicionalmente, la ANT estableció que solo los radares debidamente calibrados, tendrán autorización para imponer multas. En caso contrario, los usuarios podrán impugnarlas y no pagarlas.
El objetivo es que las sanciones sean precisas y justas, tomando en cuenta las numerosas denuncias presentadas contra los llamados “radares vacunadores”.
Un exceso de velocidad en rango moderado, actualmente equivale a una multa del 30% de un salario básico. Es decir, 141 dólares.