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Ecuador: julio 26, 2024

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Ecuador, julio 26, 2024
Ecuador Continental: 23:28
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Se aprueba derecho a cambio de sexo en cédula de identidad

Con 119 votos a favor la Asamblea Nacional aprueba la Ley reformatoria de gestión de identidad y datos civiles que permite a las personas cambiarse de sexo. la Asamblea Nacional aprobó la ley de cambio de sexo en la cédula de identidad para las personas que pertenecen a la comunidad LGBTIQ+. Esto con el cumplimiento de la sentencia de la Corte constitucional del año 2017 donde se argumenta ‘la no discriminación y la regulación del cambio del dato “sexo” en la cédula. Se plantearon 3 modificaciones legales durante la sesión: Miembros de la comunidad LGBTIQ+ podrán cambiar el nombre y el sexo de la cédula de identidad. Los solicitantes tienen que ser mayores de edad y entregar un documento al registro civil explicando el pedido. Cualquier ciudadano podrá cambiar el orden de sus apellidos. Las notarías deberán enviar la información de uniones de hecho y divorcios al registro civil. Los cambios estarán vigentes una vez que sean publicados en el registro oficial.

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Asamblea no ha podido demostrar peculado al presidente, advierte subsecretario jurídico de la Presidencia

La primera semana del juicio político al presidente Guillermo Lasso, simplemente confirma que la acusación de presunto peculado es improcedente. Así lo señaló el subsecretario jurídico de la Presidencia, Jorge Benavides, en diálogo con “Punto de Orden”. A su criterio, las comparecencias de funcionarios y ex funcionarios en la Asamblea Nacional, solo confirman que no existe delito, y por tanto, no se puede atribuir una responsabilidad política, peor penal, al mandatario. Benavides recordó que en marzo del 2022, al conocerse las recomendaciones de la Contraloría sobre el contrato con Flopec, se acogieron todos los puntos. Y como resultado de las acciones del actual gobierno, dicha empresa registra importantes ganancias. El jurista advirtió que al no existir una causal válida, no hay responsabilidad, algo que esperan demostrar, una vez más, en el Parlamento. El funcionario hizo notar que el presidente, no participa en la firma de contratos con Flopec, pues esa tarea corresponde a los directivos de la compañía. Por tanto, mal se lo puede acusar de algo que no le compete, y peor aún, que ni siquiera representa un delito. Benavides lamentó que los opositores, en su afán de pretender la caída de Lasso, quieren “estirar” la causal, es decir el presunto peculado, y después afirmen que “no es necesario demostrarlo”. Finalmente, advirtió que el jefe de Estado tiene la plena facultad de dictar la “muerte cruzada” en cualquier momento, debido a los permanentes obstáculos que plantea la Asamblea contra su plan de gobierno.  

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Asamblea aprueba reforma a Ley contra lavado de activos

La Comisión de Régimen Económico tramitó la reforma a Ley de Lavado de Activos. Por unanimidad, la Asamblea aprobó este jueves 2 de febrero de 2023 unas reformas a la Ley contra el Lavado de Activos. Los cambios apuntan a prevenir y atacar el financiamiento del narcotráfico a partidos políticos o a clubes de fútbol, jueces, mandos militares y policiales, entre otros. La propuesta fue tramitada por la Comisión de Régimen Económico. El texto aprobado será remitido al Ejecutivo para que en el plazo de 30 días presente sus observaciones o disponga su publicación en el Registro Oficial. Los cambios se enfocan en el artículo 5 de la ley vigente desde 2016, y amplía a 18 el número de actores obligados a entregar reportes a la Unidad de Análisis Económico y Financiero (UAFE) por movimientos de valores que superen los USD 10 000. Los ajustes a la Ley En el artículo 5 se precisa que, a más de las instituciones del sistema financiero y de seguros, serán sujetos obligados a informar a la UAFE: Las filiales extranjeras bajo control de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano; Las bolsas y casas de valores; Las administradoras de fondos y fideicomisos; las cooperativas, fundaciones y organismos no gubernamentales; Las personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves; Las empresas dedicadas al servicio de transporte nacional e internacional de dinero, encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo sus operadores, agentes y agencias; las agencias de turismo y operadores turísticos; Las personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción; Las empresas dedicadas al servicio de transferencia nacional o internacional de dinero o valores; Los montes de piedad y las casas de empeño; los negociadores de joyas, metales y piedras preciosas; los comerciantes de antigüedades y obras de arte; Los notarios; y los registradores de la propiedad y mercantiles; Los promotores artísticos y organizadores de rifas; hipódromos; Los clubes u organizaciones dedicadas al fútbol profesional pertenecientes a la Serie ‘A’ y Serie ‘B’ que participen de los torneos organizados tanto por la Liga Profesional de Fútbol Ecuatoriano como por la Federación Ecuatoriana de Fútbol; Las compañías y empresas que prestan el servicio de factoring de acuerdo al riesgo de las operaciones y servicios que establezca la UAFE mediante Reglamento; Los partidos políticos y movimientos legalmente reconocidos Otros cinco actores tendrán que reportar a la UAFE, dentro de los 15 días posteriores al fin de cada mes, sus propias operaciones nacionales e internacionales: Los jueces del sistema judicial; y fiscales; El personal que forme parte de la cúpula militar y policial en servicio activo y pasivo; Directores de los centros de rehabilitación social y guías con rango de jefaturas, Los gerentes y directores de las aduanas, aeropuertos y, puertos públicos y privados; Asambleístas; Plazo La Unidad de Análisis Financiero y Económico dispondrá de un plazo de 180 días, en caso de ser aprobada la reforma. Esto para expedir la normativa secundaria y los informes técnicos y estratégicos que garanticen el efectivo cumplimiento de las disposiciones.   Fuente: El Comercio

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La Asamblea aprobó proyecto para derogar la reforma tributaria de Guillermo Lasso

Con 100 votos a favor y 13 en contra, el Pleno de la Asamblea aprobó este martes 29 de noviembre el proyecto de ley derogatoria a la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, tras la pandemia del covid-19. La iniciativa respaldada por casi todas las bancadas, menos el oficialismo, pretende echar abajo la reforma tributaria del Gobierno de Guillermo Lasso, que entró en vigor hace un año como Decreto-Ley por falta de votos para aprobar o negar esta norma en el Legislativo. El texto será enviado al Ejecutivo para que en un plazo de 30 días presente sus observaciones. En caso de un veto total, el Parlamento podrá volverlo a tratar en una sola votación después de un año. El proyecto se compone de un solo artículo y especifica: derogar la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, tras la pandemia del covid-19. La norma significó el incremento de varios impuestos. Durante el debate, las bancadas del correísmo, el Partido Social Cristiano, la Izquierda Democrática y Pachakutik argumentaron que esta norma perjudica a la clase media. Por su parte, el oficialismo advirtió que esta decisión podría afectar las proformas del 2024 y los siguientes años. Según las proyecciones del Gobierno, hasta el próximo año esta norma permitirá recaudar alrededor de USD 1900 millones, lo que forma parte de la proforma presupuestaria del 2023. “Si usted revisa la proforma presupuestaria se dará cuenta que la recaudación de aproximadamente USD 16 000 millones y el tema petrolero, no se están yendo a obra, se están yendo al pago de los tenedores de bonos”, mencionó el jefe de bloque del PSC, Esteban Torres. En medio del debate en el Pleno hubo cruces verbales cuando legisladores de Pachakutik responsabilizaron al correísmo de haber permitido que esta reforma tributaria entre en vigencia por el Ministerio de la Ley, debido a que esa bancada no dio sus votos para el archivo. Fuente: El Universo  

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